Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Novedades en relación con la Renta Presuntiva luego de la Ley 1607 de 2012


Ficha técnica:

  • Duración: 37:15
Actualizado: 19 septiembre, 2013 (hace 11 años)

Sobre esta conferencia…

En el caso de las personas jurídicas y su cálculo de la renta presuntiva, la Ley 1607 no cambió la tarifa (sigue siendo el 3%), ni los factores de depuración (siguen siendo los del art. 189 del E.T), ni los casos en que quedan exonerados de calcularla (art. 191 del E.T. y art. 4 de la Ley 1429 de 2010).

Pero la Ley 1607 introduce tres cambios que deben tomarse en cuenta en relación con la renta presuntiva de las personas jurídicas obligadas a su cálculo:

a) Quienes se acojan al saneamiento patrimonial del art. 163 de la Ley estarán aumentando su patrimonio líquido y con ello la base para su renta presuntiva

b) El art. 287 del E.T. que establecía que los pasivos con vinculados en el exterior no se aceptaban fiscalmente, fue derogado con el art. 198 de la Ley 1607

c)  El art. 22 de la Ley 1607, que establece la base para liquidar el nuevo impuesto de renta para la equidad, indica que dicha base en ningún caso podrá ser inferior a la renta presuntiva determinada en los artículos 189 a 193 del E.T.  Por lo tanto, todos los entes jurídicos que deban liquidar el impuesto CREE, sí tendrán que liquidar en todos los casos la Renta presuntiva para efectos de definir la base del CREE.

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