Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Reforma Tributaria: ¿Qué cambios hubo en la depuración de los salarios gravables?


Actualizado: 5 marzo, 2013 (hace 11 años)

El art. 387 del E.T. fue modificado y aplica solo a la depuración de los pagos de los trabajadores asalariados, pero no a la de los independientes. Aquí explicamos las novedades.

El art. 15 de la Ley modificó el art. 387 del E.T. que aplica solo a la depuración de los pagos de los trabajadores asalariados pero no a la de los independientes (Sentencia c-626 de ago./2010). Se introdujeron las siguientes novedades:

a) Todos los asalariados, sin importar su nivel de ingresos laborales del año anterior podrán seguir restando tanto los intereses en crédito de vivienda del primer inciso como los demás valores del segundo inciso (hasta el 2012, si en el año anterior sus ingresos habían superado 4.600 UVT, solo podía restar los intereses del crédito de vivienda). Los intereses del crédito de vivienda se seguirán restando con el mismo límite puesto en el art. 5 del Decreto 4713 de 2005 (máximo 100 UVT al mes).
b) En el segundo inciso se indica que se seguirán restando aportes a salud prepagada (ya no incluye gastos de educación), pero sin que estos excedan 16 UVT al mes. Y que adicionalmente se podrá restar hasta el 10% de los ingresos brutos del mes por concepto de “dependientes” (las personas a cargo expresamente definidas en el nuevo parágrafo 2 del mismo art. 387), sin que ese 10% exceda de 32 UVT al mes.
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