Los trabajadores por cuenta propia podrán liquidar el impuesto sobre la renta por el sistema ordinario o por el IMAS. En el primer caso deberán presentar la declaración en el formulario 110 o 210 y si se acogen de forma voluntaria al IMAS deberán presentar el formulario 240.
Contador Público de la Universidad del Valle con especialización en Gerencia Tributaria y Docencia para la Educación Superior.
Con experiencia de 14 años como asesor y consultor empresarial, y experiencia en el ejercicio de la Revisoría Fiscal.
Ha dictado cátedras de matemáticas financieras, contabilidad general, auditoría, contabilidad de costos y derecho tributario empresarial. Socio fundador y conferenciante de la compañía Grupo ACB Consultores y Asesores SAS.