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[ORO] Sistemas de liquidación de renta para los trabajadores por cuenta propia

Los trabajadores por cuenta propia podrán liquidar el impuesto sobre la renta por el sistema ordinario o por el IMAS. En el primer caso deberán presentar la declaración en el formulario 110 o 210 y si se acogen de forma voluntaria al IMAS deberán presentar el formulario 240.

Fecha de publicación: 1 de noviembre de 2016
[ORO] Sistemas de liquidación de renta para los trabajadores por cuenta propia
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Los trabajadores por cuenta propia podrán liquidar el impuesto sobre la renta por el sistema ordinario o por el IMAS. En el primer caso deberán presentar la declaración en el formulario 110 o 210 y si se acogen de forma voluntaria al IMAS deberán presentar el formulario 240.

Las personas naturales clasificadas como trabajadores por cuenta propia cuentan con dos sistemas para liquidar el impuesto sobre la renta; el sistema ordinario y el IMAS.

En el caso de determinar el impuesto por el sistema ordinario, la persona debe presentar su declaración de renta en el formulario 110 si está obligada a llevar contabilidad, de lo contrario debe presentarla en el formulario 210. Mediante este sistema se tributará conforme las tarifas señaladas en el artículo 241 del ET.

Es necesario tener en cuenta que el sistema IMAS para los empleados no es igual que el de los trabajadores por cuenta propia.

De este modo, el trabajador por cuenta propia debe cumplir los siguientes requisitos para acogerse al sistema IMAS:

  • Que el 80% o más de su ingreso provenga de una de las actividades económicas señaladas en el artículo 340 del ET.
  • Que desarrolle la actividad por su cuenta y riesgo.
  • Haber obtenido una renta gravable alternativa –RGA– igual o inferior a 27.000 UVT (equivalente a $763.533.000 para el año gravable 2015). La forma de depuración de la RGA es similar a la de los empleados, solo que se excluyen los conceptos relacionados con lo contenido en el artículo 206 del ET.
  • Registrar un patrimonio líquido del año anterior inferior a 12.000 UVT (equivalente a $329.820.000 para el año gravable 2014).

Los trabajadores por cuenta propia que determinen el impuesto de renta por el sistema IMAS deberán atender las tarifas contempladas en el artículo 340 del ET y presentar su declaración en el formulario 240.

En este sistema es importante tener en cuenta los siguientes aspectos:

Si desea tener el curso completo, puede adquirirlo en: Procedimiento para elaborar la declaración de renta y complementario de personas naturales para el año gravable 2015