Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Pacto entre Colombia y Estados Unidos, un paso más para frenar paraísos fiscales


Pacto entre Colombia y Estados Unidos, un paso más para frenar paraísos fiscales
Actualizado: 22 abril, 2013 (hace 11 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Lo que significa el acuerdo
  • Ley para bancos
  • Sobre el Fatca
  • Excepciones del Fatca
  • Un paso más contra los paraísos fiscales

Los dos países están pensando realizar intercambio de información tributaria. Si todo se da, la DIAN podría solicitar información sobre los colombianos en el país del norte o la agencia tributaria de EE.UU puede suministrar información sobre operaciones tributarias.

El Ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, ha dicho que Colombia y Estados Unidos están negociando de un Acuerdo de Intercambio de Información Tributaria entre los dos países. La idea es que los dos países se comprometan a suministrar la información que requieran sus agencias de impuestos.

“En las reuniones bilaterales con los Estados Unidos estamos enfatizando ante todo la negociación de un acuerdo de intercambio de información tributaria donde Colombia y Estados Unidos se comprometen a suministrar la información que requieran sus agencias de impuestos”, dijo Cárdenas en rueda de prensa después de reunirse con un funcionario del Departamento del Tesoro en Washington.

Lo que significa el acuerdo

Si hay luz verde para el acuerdo, la DIAN podría solicitar información sobre los colombianos en Estados Unidos y el IRS (Internal Revenue Service) o la agencia tributaria de los Estados Unidos puede suministrar información sobre operaciones de residentes tributarios de los Estados Unidos en Colombia.

“Implica que en cualquier momento nosotros podemos solicitar información sobre los colombianos en Estados Unidos en el sentido de residentes en Colombia que tengan activos u operaciones en Estados Unidos”, agregó a los medios.

De igual manera, aseguró que es un importante acuerdo para el cumplimiento de los mayores estándares que el Gobierno Nacional quiere tener en materia de efectividad y de control a la evasión tributaria.

Ley para bancos

El Ministro Cárdenas también dijo que hay una ley del Congreso de los Estados Unidos, con la que se busca imponer una retención del 30% a los bancos de diferentes lugares del mundo que realicen transacciones con residentes de los Estados Unidos en países que no suministren la información tributaria.

“El Fatca (Foreign Account Tax Compliance Act) es una ley que a los países que no suministre esa información, les va a imponer a los bancos de diferentes países del mundo que realicen transacciones con residentes de los Estados Unidos, pone una retención del 30% de esas retenciones. Entonces para el tema financiero colombiano este acuerdo es fundamental para evitar esa retención del 30%”, afirmó.

Sobre el Fatca

Esta ley estará en vigencia a nivel mundial a partir de julio de este año debido a las implicaciones operativas, legales y financieras que conlleva. Con esta nueva ley todas las instituciones financieras como bancos, aseguradoras, cajas de bolsa, instituciones de custodia, planes de pensión y fondos de cobertura, tenían un plazo hasta el 01 de enero del 2013, de firmar un acuerdo con el IRS para integrarse a la ley y cumplir con una serie de obligaciones que exige el acuerdo.

TAMBIÉN LEE:   Resolución 187 del 28-11-2023

Al no firmar el acuerdo, a las instituciones no firmantes se les retendrá un 30% de todos los pagos de intereses, dividendos, utilidades, que sean enviados desde Estados Unidos. Entre las obligaciones están: solicitar toda la información necesaria a sus clientes para determinar cuáles titulares son cuentas de EE.UU., crear y mantener listas actualizadas de cuentas norteamericanas y reportar la información de las cuentas estadounidenses al IRS sobre una base anual.

En caso que una empresa de capital norteamericano o una persona norteamericana no acceda a colaborar con las FFI, brindándoles la información que le soliciten, sus cuentas se calificarán como cuentas recalcitrantes, cuentas renuentes a colaborar con el FATCA, y las FFI deberán reportarlo a los EE.UU.

Excepciones del Fatca

Las remesas, es decir los dineros producidos en EE.UU. y enviados a otro país no pagan impuestos.

Las FFI pueden bajo su criterio sacar del FATCA a las cuentas con sumas menores a $50.000,00, siempre y cuando le pertenezcan a personas físicas. Las cuentas, que al cierre del año fiscal tengan saldos inferiores a $50.000,00 no se consideran cuentas estadounidenses.

Un paso más contra los paraísos fiscales

Hay que recordar que se denomina paraíso fiscal cuando hay una acción en la que personas no residentes en un territorio depositan dinero en este lugar con el objetivo de no declarar en su Estado de residencia su patrimonio, y de esta manera evadir impuestos sobre su capital.

En un paraíso fiscal suelen convivir dos regímenes fiscales diferenciados y legalmente separados. Por un parte, el que afecta a los residentes y empresas locales, y por el otro, el de los no residentes, que gozan de ventajas fiscales y suelen tener prohibida cualquier actividad económica o de inversión dentro de su territorio, y funcionan como un refugio de patrimonio de terceros.

Generalmente en estos lugares hay grandes cantidades de dinero, el cual llaman ‘negro’ , porque no es declarado como propio ante el Estado y es dinero por el que no se paga ningún tipo de impuesto; un dinero ilegal ya que cualquier renta obtenida debe ser declarada.

Material Relacionado

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,