El subsidio familiar es una prestación social que se paga en dinero, especie y servicios a los trabajadores afiliados. Su objetivo es aliviar las cargas económicas que representa el sostenimiento de la familia. También se le denomina Cuota Monetaria.
Tienen derecho a este subsidio los trabajadores cuya remuneración mensual -fija o variable- no sobrepase los 4 SMMLV (Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes), siempre y cuando laboren al menos 96 horas al mes; y que sumados sus ingresos con los de su cónyuge o compañero, no sobrepasen 6 SMMLV. (art. 3º Ley 789 de 2002). Y los beneficiarios deben cumplir los siguientes requisitos:
Pero ojo: tanto padre como madre pueden cobrar simultáneamente cada uno el subsidio familiar por los mismos hijos, siempre y cuando la suma de los ingresos de ambos no exceda de 4 s.m.l.m.v. Si excede sin sobrepasar los 6 s.m.l.m.v, solo podrá reclamar el Subsidio Familiar uno de los padres (artículo 3º numeral 7 de la Ley 789 de 2002),
Cuando los beneficiarios del trabajador pierdan las calidades que ya se mencionaron como es sobrepasar la edad, no estar estudiando o el fallecimiento.
Igualmente si el trabajador es padre soltero y tiene ingresos superiores a 4 s.m.l.m.v o convive con su cónyuge o compañero permanente y los ingresos de ambos suman mas de 6 s.m.l.m.v.
Aquí están todas las leyes, decretos, circulares y fallos de la Corte Constitucional sobre las Cajas de Compensación Familiar.