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Pago de acreencias laborales de manera retroactiva cuando existe contrato de trabajo realidad

Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta

Cuando un juez laboral procede a determinar que existe un contrato de trabajo realidad, las acreencias laborales que se generan ¿se deben realizar de manera retroactiva?

Fecha de publicación: 1 de octubre de 2018
Pago de acreencias laborales de manera retroactiva cuando existe contrato de trabajo realidad
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta

Cuando un juez laboral procede a determinar que existe un contrato de trabajo realidad, las acreencias laborales que se generan ¿se deben realizar de manera retroactiva?

Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral, señala que cuando se logra demostrar que existe un contrato de trabajo, el pago de las diversas acreencias laborales se debe reconocer desde el primer día en que se iniciaron las labores asignadas.

Recordemos que cuando se pacta un contrato de trabajo nacen para el empleador, entre otras obligaciones, las siguientes: pagar salarios y prestaciones sociales, realizar aportes a seguridad social, reconocer el auxilio de transporte y el pago de la dotación si el trabajador no supera los dos salarios mínimos, cumplir con indemnizaciones laborales si es el caso, entre otras obligaciones.