Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta
Si un trabajador nunca disfrutó sus vacaciones, ¿se debe pagar parafiscales sobre el valor cancelado por concepto de dichas vacaciones en la liquidación de un contrato de trabajo?
Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta
Si un trabajador nunca disfrutó sus vacaciones, ¿se debe pagar parafiscales sobre el valor cancelado por concepto de dichas vacaciones en la liquidación de un contrato de trabajo?
Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral, afirma que toda persona vinculada a una empresa mediante un contrato de trabajo tiene, entre otros derechos, el beneficio del pago de un descanso remunerado por concepto de vacaciones según lo indicado en el artículo 186 y siguientes del Código Sustantivo del Trabajo.
Es de anotar que sobre los pagos efectuados por concepto de vacaciones laborales también se deben efectuar aportes a parafiscales de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 21 de 1992.