Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta
¿Cómo aplica la compensación de vacaciones para los trabajadores que devengan un salario integral?
Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta
¿Cómo aplica la compensación de vacaciones para los trabajadores que devengan un salario integral?
Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral aclara que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 132 del Código Sustantivo del Trabajo, en un contrato de carácter laboral se puede establecer la modalidad de salario integral, que nunca podrá estar por debajo de los 10 salarios mínimos mensuales vigentes más el 30 % de dicho valor, que corresponde al factor prestacional.
Otro punto que es importante aclarar es que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 186 y siguientes del Código Sustantivo del Trabajo, el trabajador puede solicitar que parte de sus vacaciones sean compensadas, teniendo en cuenta que debe, como mínimo, disfrutar 6 días de los 15 a los cuales tiene derecho.
Aclarado lo anterior se precisa, adicionalmente, que el factor prestacional del 30 % fijado para los trabajadores con los cuales se pacta el pago de un salario integral no incluye el valor correspondiente a vacaciones. Por tal razón, estas deben ser liquidadas y pagadas al trabajador, tomando como base los 10 salarios mínimos que señala el artículo 132 de CST.