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Pago de honorarios que no están sometidos a retención en la fuente

¿En qué casos no procede la retención en la fuente por concepto de honorarios?

Fecha de publicación: 6 de marzo de 2020
Pago de honorarios que no están sometidos a retención en la fuente
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Responde conferencista: Diego Guevara

¿En qué casos no procede la retención en la fuente por concepto de honorarios?

Preguntas resueltas febrero 27 de 2020

Existen diversos conceptos que están sujetos al cobro de la retención en la fuente, como, por ejemplo, los pagos por compras, arrendamientos y honorarios. A continuación, el contador público Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios, aclara en qué situaciones es incorrecto aplicar la retención en la fuente al momento de realizar un pago por concepto de honorarios.

Tenga en cuenta, además, que la retención en la fuente debe ser presentada ante la Dian mensualmente a través del formulario 350, incluso sin pago, pero bajo las condiciones establecidas en el artículo 580-1 del ET.