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Pago de incapacidad médica cuando se cotiza como trabajador dependiente e independiente

Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta

Si una persona cotiza a seguridad social como dependiente y, a la vez, como trabajador independiente, y presenta una incapacidad de origen laboral por cuatro meses, ¿el trabajador tiene derecho a recibir pago doble por concepto de incapacidad?

Fecha de publicación: 6 de agosto de 2018
Pago de incapacidad médica cuando se cotiza como  trabajador dependiente e independiente
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta

Si una persona cotiza a seguridad social como dependiente y, a la vez, como trabajador independiente, y presenta una incapacidad de origen laboral por cuatro meses, ¿el trabajador tiene derecho a recibir pago doble por concepto de incapacidad?

Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral, señala que por regla general tanto las personas vinculadas mediante un contrato de trabajo, como las que desarrollan actividades a través de un contrato de prestación de servicios se encuentran obligadas a efectuar aportes a seguridad social.

Vale la pena precisar, que de dichos pagos se desprenden ciertos derechos, tales como: recibir asistencia médica, acceder al pago de una pensión, recibir el pago de prestaciones económicas en caso de presentarse una incapacidad médica.

Por otra parte, debemos tener claro que si esta persona cotiza a seguridad social por las dos modalidades, es decir, como trabajador dependiente e independiente, al presentar una incapacidad médica tiene el derecho de recibir el pago de las prestaciones económicas de ambas fuentes de cotización.