Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Pago de la prima de servicios en junio y diciembre para empleado con salario integral


Actualizado: 10 junio, 2019 (hace 5 años)

Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta 

¿Se debe realizar el pago de la prima de servicios a un trabajador que percibe un salario integral? 

Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral señala que la prima de servicios, la cual corresponde a una prestación social, debe ser cancelada siguiendo las instrucciones dadas en el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo.

Es así como al hacer la lectura de la norma citada se observa que la prima de servicios debe ser cancelada a toda persona que haya suscrito un contrato de trabajo, valor que corresponde a un salario cuando el empleado labora durante todo el año. También es importante conocer que los empleados con los cuales se pacta el pago de un salario integral conforme a lo señalado en el artículo 132 del código citado no tienen derecho a recibir el pago de la prima de servicios en los meses de junio y diciembre, porque esta remuneración ya está incluida en el devengo mensual.

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