Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Pago de licencia de maternidad cuando existe mora en el pago de aportes a seguridad social


Actualizado: 2 julio, 2018 (hace 6 años)

Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta

¿Puede una empresa quedar obligada a pagar la licencia de maternidad de una empleada por haber cancelado la seguridad social en los últimos seis meses de forma extemporánea?

Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral, señala que las empresas deben estar muy atentas con las fechas límites para efectuar los pagos a seguridad social de los trabajadores, porque, si bien es cierto que estos pueden ser cancelados de forma extemporánea cumpliendo con los pagos de mora, tal situación puede generar otro tipo de inconvenientes, como, por ejemplo, el rechazo del pago de una licencia de maternidad.

En ese sentido, se precisa que, si a la hora de reconocer el pago de la licencia de maternidad la EPS observa que la empresa se encuentra en mora, dicha licencia puede ser rechazada.

Recordemos que las mujeres en estado de embarazo que cotizan como trabajadoras independientes también pueden acceder al reconocimiento del pago de la licencia de maternidad, la cual, según lo indicado en la Ley 1822 de 2017, pasó de 14 a 18 semanas.

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,