¿Es legal pactar una parte del salario de un empleado en especie?, ¿en qué proporción?
¿Es legal pactar una parte del salario de un empleado en especie?, ¿en qué proporción?
La Dra. Natalia Jaimes indica que para dar respuesta al interrogante se debe estudiar lo dispuesto en el artículo 129 del CST que se refiere a:
“ARTICULO 129. SALARIO EN ESPECIE. Modificado por el art. 16 de la Ley 50 de 1990. El nuevo texto es el siguiente:
Constituye salario en especie toda aquella parte de la remuneración ordinaria y permanente que reciba el trabajador como contraprestación directa del servicio, tales como alimentación, habitación o vestuario que el empleador suministra al trabajador o a su familia, salvo la estipulación prevista en el artículo 15 de esta ley.