Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Pago de seguridad social sobre ganancia ocasional obtenida en la venta de un bien inmueble


Actualizado: 1 octubre, 2018 (hace 6 años)

Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta

Sobre la ganancia ocasional que se obtiene por la venta de un bien inmueble ¿se debe efectuar aportes a seguridad social? ¿Sobre qué base y qué tarifa?

Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral, menciona que los trabajadores independientes o los trabajadores por cuenta propia, tienen la obligación de realizar aportes a seguridad social cuando los ingresos percibidos de manera mensual superen el salario mínimo.

Ahora bien, para obtener la base sobre la cual se deben efectuar dichos aportes, se debe tomar el valor recibido mensualmente y multiplicarlo por el 40 %, para con este resultado realizar los aportes a las respectivas entidades del sistema de seguridad social, esto es: salud, pensión y ARL si es el caso.

Por otra parte, conviene aclarar que si una persona natural recibe ingresos como fruto de la venta de una casa, no se encuentra obligada a contribuir al sistema de seguridad social por dicha suma de dinero, toda vez que estos recursos no provienen de la actividad económica que realiza el trabajador independiente.

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