Si un contribuyente venía declarando un bien inmueble por valor de 100 millones de pesos y lo vende por valor de 150 millones de pesos, ¿debe pagar el impuesto a las ganancias ocasionales a la tarifa del 10 % o del 20 %?
Responde conferencista: Diego Guevara
Si un contribuyente venía declarando un bien inmueble por valor de 100 millones de pesos y lo vende por valor de 150 millones de pesos, ¿debe pagar el impuesto a las ganancias ocasionales a la tarifa del 10 % o del 20 %?
Pregunta resuelta febrero 27 de 2020
El contador público Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios, hace su intervención en este espacio para explicar al detalle cuál es el manejo fiscal de las ganancias ocasionales generadas por la venta de bienes inmuebles.
Recordemos que se entiende por ganancia ocasional cualquier ingreso que percibe una persona natural o jurídica, que no proviene de su actividad económica, como, por ejemplo, el ganarse la lotería.