Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta
Si un trabajador independiente se vincula a una empresa mediante un contrato de prestación de servicios para desarrollar una actividad que dura 15 días, ¿el trabajador puede pagar solo 15 días de seguridad social o debe aportar por el mes completo?
Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral, aclara que de acuerdo con las nuevas reglas establecidas en el Decreto 1273 de 2018 se autoriza a los trabajadores independientes para realizar el pago de aportes a seguridad social mes vencido, y de igual forma se establece que a partir de junio de 2019 la obligación de retener y a su vez efectuar el pago de los aportes en mención será de los contratantes.
Por otra parte conviene tener presente que los trabajadores pueden realizar sus aportes a seguridad social por días, respetando los criterios señalados en la norma citada.