Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

¿Para qué revisoría fiscal? – Gustavo Adolfo López Díaz


Una voz crítica a la luz de la forma como opera, contrata y reelige.

Revisoría Fiscal con coequiperos conscientes o no

Nuevamente se pone sobre el tapete la discusión sobre la continuidad o no de la revisoría fiscal en Colombia. Las firmas multinacionales de auditoria, como siempre, intentan su extinción y tienen muy buenos coequiperos colombianos. Coequiperos conscientes y otros no tanto.

Las NIAS igualmente se adoptarán por endoso

La Colombia contable está sumergida en el mundo del aprendizaje (urgente y rápido) de la estandarización contable y de reportes de estados financieros impuesta por la IASB y que en nuestro país se ha denominado convergencia, que no es más que una adopción por endoso; sin embargo hay un proceso que avanza lentamente y la cantidad de labores de los contables no ha permitido visualizarlo bien: estándares internacionales de aseguramiento de la información. Que en Colombia se ha llamado NAI (Normas de Aseguramiento de la Información).

Las NAI están compuestas por estándares de auditoria y aseguramiento de información. Información de todo tipo y dentro de ella, la información financiera.

La Auditoría en Colombia

La auditoría en Colombia, legalmente, está regida por el artículo 7 de la ley 43 de 1990 que contiene las normas de auditoria generalmente aceptadas y que fueron desarrolladas por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública en los años 90 mediante los pronunciamientos 1, 2, 3, 4, 5 y 6, que básicamente era una adaptación de los estándares (SAS) traducidos por el Instituto Mexicano de Contadores, del original emitido por el AICPA .

Derogado el artículo 7º de la Ley 43 de 1.990

En virtud de la expedición de la ley 1314 de 2009, a mi modo de ver, el artículo 7 ya citado era derogado puesto que en tal ley se cita en el artículo 5 qué son las normas de aseguramiento de la información.

La propuesta de derogar la Ley 43 de 1.990 que ronda las redes sociales

La propuesta que ronda en las redes físicas y virtuales plantea derogar la ley 43 de 1990 y replantear todo el tema de la revisoría fiscal, buscando básicamente que la revisoría fiscal se convierta en auditaje financiero y de esa manera queda liquidada una figura establecida en los inicios del siglo XX para defender el interés público de las presiones de los intereses privados que se encuentran en conflicto en las organizaciones empresariales.

Defensor de la Revisoría con profundas inquietudes

He sido un defensor acérrimo de la revisoría fiscal sin embargo la experiencia me ha llevado a preguntar: ¿Para qué la revisoría fiscal?.

También hay defensores de la eliminación de la Revisoría Fiscal

Observo atónito que existen defensores de la eliminación de la revisoría fiscal porque consideran que es una figura arcaica, anacrónica y sobre todo figura que no aporta a las empresas. Atacan directamente a la institución. Otros por su parte consideran que el problema central está en la forma como los contadores públicos (que aún no entendemos el apellido “públicos”), ejercen la revisoría fiscal por la formación impartida en la mayoría de las universidades la “enseñan” como auditoría financiera. Estos son los defensores inconscientes de la eliminación de la revisoría fiscal.

Los fiscalizados desconocen la Revisoría Fiscal

Me parece que el problema de la revisoría fiscal también tiene que ver con la ausencia total de conocimiento por parte de los fiscalizados. Las instituciones universitarias ni los gremios de comerciantes, industriales, profesionales desconocen en absoluto qué es lo que realmente debe  hacer y y lo que debe ser la revisoría fiscal.

Hay Gerentes que deciden veladamente perpetuar al que lo fiscaliza

Con no poca sorpresa se encuentra con empresas que han tenido la figura durante toda su vida económica y en ellas hay gerentes que se perpetúan en el cargo y que son los que deciden veladamente quién es el que los fiscaliza y por tanto terminan “escriturando” el cargo a un revisor fiscal que hace auditoria financiera y tributaria. Estos gerentes consideran que el revisor fiscal no tiene facultades para fiscalizarle su gestión administrativa ni operacional y como tiene un revisor fiscal que se sujeta y se somete a sus designios por el poder que ejerce en los “verdaderos electores” cree que eso es lo que debe hacer la revisoría fiscal.

Revisores Fiscales siempre con el mismo dictamen

Revisores fiscales que limitan su trabajo a firmar las declaraciones tributarias, como en efecto los hay, y que permiten que los administradores asuman la revisoría fiscal como una mera imposición legal para efectos tributarios y que al final del ejercicio envían el mismo dictamen de todos los años sobre unos estados financieros completamente distintos año tras año.

Hay Gerentes que ocultan información a la Revisoría Fiscal

Gerentes que limitan el ejercicio de la revisoría fiscal so pretexto de que los fiscalizados (empleados y contratistas formando parte de procesos y procedimientos y administrando recursos) se sienten intimidados y se genera un mal ambiente laboral por la presencia de esta institución e incluso llegan a los extremos de fiscalizar al fiscalizador y soterradamente ordenar que se oculte o no se entregue toda la información a la revisoría fiscal.

Hay Revisorías Fiscales en las cuales los  auxiliares dependen de la Gerencia

Revisores fiscales que admiten y permiten que los auxiliares de revisoría fiscal que son contratados laboralmente por la empresa fiscalizada (porque aún persiste este tipo de auxiliares) sean sometidos a dependencia de la gerencia so pretexto de que el contrato está suscrito con ese cargo y no con el revisor fiscal y que el Ministerio de Trabajo tenga tan pobre concepción sobre esta figura laboral en Colombia que ha sido incapaz de definir lo que el artículo 210 del Código de Comercio establece con meridiana claridad: los auxiliares de revisoría fiscal dependen en todo sentido del revisor fiscal.

En oportunidades las Asambleas pierden  su autonomía

Gerentes que ejercen poderes omnímodos y dictatoriales que manipulan a los accionistas, cooperados, copropietarios a su antojo y burlan el mismo ejercicio democrático para conseguir que el revisor fiscal que se elija sea el de su agrado y conveniencia y las asambleas pierdan su autonomía para tomar esta decisión.

La Revisoría Fiscal en algunos estatutos

He llegado a encontrar estatutos en donde establecen a la revisoría fiscal como órgano de control interno.

A quién debe proteger la Revisoría Fiscal

El ejercicio de la revisoría fiscal como debe ser, es atendiendo y defendiendo el interés público, el de todos los actores que permanecen en interacción con las organizaciones empresariales no para proteger el interés de los socios. Ese es uno de los intereses que debe proteger, pero no el único.

La Revisoría Fiscal, no audita

La revisoría fiscal bajo el concepto de institución y tal como está establecido en el ordenamiento mercantil colombiano fiscaliza y vigila, no audita. Hace interventoría de cuentas no auditoría financiera ni lo que mal llaman auditoría integral.

Hay motivos para defender  la Revisoría Fiscal

Ha comenzado una nueva defensa de la revisoría fiscal, pero si es   para sostener el mecanismo perverso que hoy existe: “yo te hago elegir y tú no me fiscalizas”, entonces ¿para qué la revisoría fiscal?, si la defensa es  para que la revisoría fiscal siga haciendo auditoría financiera, entonces ¿para qué la revisoría fiscal?, si la defensa es  para que siga haciendo auditoría integral, entonces ¿para qué la revisoría fiscal?, si la defensa es para que los fiscalizados desconozcan lo que debe hacer verdaderamente la revisoría fiscal, entonces ¿para qué la revisoría fiscal?, si la defensa es para que en las facultades de contaduría pública se siga “dictando auditoría financiera o integral” como revisoría fiscal, entonces ¿para qué revisoría fiscal?, si la defensa es  para que sigan existiendo Nules, Interbolsas, Saludcoop, crisis en el Sector Solidario, casos como el del grupo Grancolombiano, entonces ¿para qué la revisoría fiscal?

¿Para qué la revisoría fiscal?

C.P. Gustavo Adolfo López Díaz

Contador Público. Especialista en Revisoría Fiscal y en Gerencia Tributaria y Auditoria de Impuestos.  Ex – Gerente de la COOPERATIVA DE CONTADORES PUBLICOSCONTACOOP, Gerente del SUMMA –  Soluciones Organizacionales. Revisor Fiscal Nacional de la Federación Colombiana de Colegios de Contadores Públicos – FCCCP,  Ex – Revisor Fiscal Nacional de la Federación Nacional de Estudiantes de Contaduría Pública – FENECOP. Docente I.U. CESMAG – Pasto  tavolodi@hotmail.com

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