Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Paz y salvo en materia del impuesto predial


Actualizado: 19 julio, 2018 (hace 6 años)

Al hablar del paz y salvo del impuesto predial se hace referencia a un certificado con el que el contribuyente está al día con esta obligación tributaria.

El paz y salvo en materia de impuesto predial es un certificado que expide la administración municipal, como sujeto activo del mismo, en el cual hace saber que el contribuyente está al día con las obligaciones tributarias relativas a dicho impuesto.

De igual forma, es requisito fundamental en la protocolización de escrituras y otros trámites realizados ante notarios. En casos especiales de predios que se segregan de otro de mayor extensión o predios en proceso de construcción, la normativa permite la expedición de paz y salvo correspondiente al inmueble del cual se segrega o del lote en el cual se adelanta la construcción, respectivamente.

De esta manera, el paz y salvo debe corresponder de forma individual a cada predio, certificando que no existen obligaciones tributarias pendientes de pago.

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