Pensión de sobreviviente: documentos a tener en cuenta para reclamarla en un fondo privado
Padres, hijos, cónyuge, compañero o compañera permanente, hermanos inválidos que dependan del afiliado, pueden reclamar la pensión de sobrevivencia cuando reúnan los requisitos. A continuación, se presenta un listado de documentos requeridos, según el caso, para reclamar esta prestación económica.
Fecha de publicación:
14 de agosto de 2017
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.
Padres, hijos, cónyuge, compañero o compañera permanente, hermanos inválidos que dependan del afiliado, pueden reclamar la pensión de sobrevivencia cuando reúnan los requisitos. A continuación, se presenta un listado de documentos requeridos, según el caso, para reclamar esta prestación económica.
Padres, hijos, cónyuge o compañero o compañera permanente y hermanos inválidos, pueden reclamar la pensión de sobreviviente. A continuación, presentamos un listado de los documentos requeridos, según el caso, para reclamar esta prestación económica.
La pensión de sobrevivencia es una prestación económica mensual que se reconoce a los beneficiarios de la persona que ha fallecido. Dentro del grupo de los beneficiarios están los vitalicios (cónyuge y padres) y los temporales (hijos y hermanos inválidos).
“el afiliado debe haber cotizado a pensión por lo menos 50 semanas en los últimos tres años previos a su deceso”Tweet This
Para que una persona acceda al derecho de la pensión por sobrevivencia debe cumplir con los requisitos para ser beneficiario de la prestación. Además, el afiliado debe haber cotizado a pensión por lo menos 50 semanas en los últimos tres años previos a su deceso.
Documentos que debe aportar el beneficiario
Formulario de trámite de reclamación por sobrevivencia.
Fotocopia ampliada al 150% de la cédula de ciudadanía.
Copia auténtica del folio del registro civil de nacimiento, máximo con tres meses de antigüedad desde su expedición.
Copia auténtica del folio del registro civil de defunción, máximo con tres meses de antigüedad desde su expedición.
**Si la reclamación es por devolución de saldos por pensión en ARP: resolución de pensión o carta de reconocimiento pensional de la ARP donde se indiquen los beneficiarios.
Si el reclamante es el (la) cónyuge o compañero(a) permanente debe presentar
Fotocopia ampliada al 150% de la cédula de ciudadanía del esposo(a) o compañero(a).
Copia auténtica del folio del registro civil de nacimiento, máximo con tres meses de antigüedad desde su expedición.
Copia auténtica del folio del registro civil de matrimonio, máximo con tres meses de antigüedad desde su expedición.
Contrato de formalización y solemnización del vínculo entre parejas del mismo género (si aplica).
Formato para estudio modalidad pensional (no aplica para devolución de saldos por pensión en ARP).
Si el afiliado fallecido tenía hijos se debe presentar
Copia autenticada del folio del registro civil de nacimiento. Si los hijos son menores de edad y ambos padres son fallecidos, este registro debe contener la nota marginal de asignación de curador o tutor, máximo con tres meses de antigüedad desde su expedición.
Fotocopia ampliada al 150% de la tarjeta de identidad para los hijos mayores de 7 años y menores de 18, y cédula de ciudadanía de los hijos mayores de 18 años y menores de 25 años.
Hijos de 18 a 25 años: certificado de estudio a fecha de siniestro indicando intensidad horaria y certificado laboral en caso de que trabaje, certificado de estudio posterior a fecha de siniestro indicando intensidad horaria, formato para estudio modalidad pensional.
Fotocopia ampliada al 150% de la cédula de ciudadanía del representante legal del menor.
Si quienes realizan la solicitud son únicamente los hijos, deberán adicionar
Si el afiliado era viudo: copia autenticada del folio del registro civil de matrimonio, máximo con tres meses de antigüedad desde su expedición, y copia autenticada del folio del registro civil de defunción del(la) cónyuge, máximo con tres meses de antigüedad desde su expedición.
Si el afiliado era divorciado: copia auténtica del folio del registro civil de matrimonio con la nota marginal de divorcio o cesación de efectos civiles del matrimonio, máximo con tres meses de antigüedad desde su expedición.
Si los reclamantes son los padres
Fotocopia ampliada al 150 % de la cédula de ciudadanía.
Copia autenticada del folio del registro civil de nacimiento para las personas nacidas con posterioridad al 15 de julio de 1938, con máximo tres meses de antigüedad desde su expedición.
Partida de bautizo para los nacidos antes del 15 de julio de 1938.
Fotocopia del registro civil de defunción, necesario cuando alguno de los padres ha fallecido.
Copia autenticada del folio del registro civil de matrimonio, máximo con tres meses de antigüedad desde su expedición.
Formato para estudio modalidad pensional.
Si el reclamante es un hermano inválido
Copia auténtica del folio del registro civil de nacimiento, máximo con tres meses de antigüedad desde su expedición, con la nota marginal de designación de tutor o curador (para menores de 18 años si no tiene quien los represente o para mayores de 18 años en caso de requerir curador).
Dictamen de invalidez expedido por Seguros de Vida Alfa o por la Junta Regional de Calificación de Invalidez.
Fotocopia ampliada al 150% de la tarjeta de identidad, para mayores de 7 años y menores de 18 años.
Fotocopia de la cédula de ciudadanía ampliada al 150% para mayores de 18 años y menores de 25.
Fotocopia de la cédula de ciudadanía del tutor o curador ampliada al 150%.
Formato para estudio modalidad pensional.
Para pagos a terceros, poder autenticado donde se autorice el pago.