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Pensión de sobreviviente: documentos a tener en cuenta para reclamarla en un fondo privado

Padres, hijos, cónyuge, compañero o compañera permanente, hermanos inválidos que dependan del afiliado, pueden reclamar la pensión de sobrevivencia cuando reúnan los requisitos. A continuación, se presenta un listado de documentos requeridos, según el caso, para reclamar esta prestación económica.

Fecha de publicación: 14 de agosto de 2017
Pensión de sobreviviente: documentos a tener en cuenta para reclamarla en un fondo privado
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Padres, hijos, cónyuge, compañero o compañera permanente, hermanos inválidos que dependan del afiliado, pueden reclamar la pensión de sobrevivencia cuando reúnan los requisitos. A continuación, se presenta un listado de documentos requeridos, según el caso, para reclamar esta prestación económica.

Padres, hijos, cónyuge o compañero o compañera permanente y hermanos inválidos, pueden reclamar la pensión de sobreviviente. A continuación, presentamos un listado de los documentos requeridos, según el caso, para reclamar esta prestación económica.

La pensión de sobrevivencia es una prestación económica mensual que se reconoce a los beneficiarios de la persona que ha fallecido. Dentro del grupo de los beneficiarios están los vitalicios (cónyuge y padres) y los temporales (hijos y hermanos inválidos).

“el afiliado debe haber cotizado a pensión por lo menos 50 semanas en los últimos tres años previos a su deceso”

Para que una persona acceda al derecho de la pensión por sobrevivencia debe cumplir con los requisitos para ser beneficiario de la prestación. Además, el afiliado debe haber cotizado a pensión por lo menos 50 semanas en los últimos tres años previos a su deceso.

Documentos que debe aportar el beneficiario

  • Formulario de trámite de reclamación por sobrevivencia.
  • Fotocopia ampliada al 150% de la cédula de ciudadanía.
  • Copia auténtica del folio del registro civil de nacimiento, máximo con tres meses de antigüedad desde su expedición.
  • Copia auténtica del folio del registro civil de defunción, máximo con tres meses de antigüedad desde su expedición.
  • **Si la reclamación es por devolución de saldos por pensión en ARP: resolución de pensión o carta de reconocimiento pensional de la ARP donde se indiquen los beneficiarios.

Si el reclamante es el (la) cónyuge o compañero(a) permanente debe presentar

  • Fotocopia ampliada al 150% de la cédula de ciudadanía del esposo(a) o compañero(a).
  • Copia auténtica del folio del registro civil de nacimiento, máximo con tres meses de antigüedad desde su expedición.
  • Copia auténtica del folio del registro civil de matrimonio, máximo con tres meses de antigüedad desde su expedición.
  • Contrato de formalización y solemnización del vínculo entre parejas del mismo género (si aplica).
  • Formato para estudio modalidad pensional (no aplica para devolución de saldos por pensión en ARP).

Si el afiliado fallecido tenía hijos se debe presentar

  • Copia autenticada del folio del registro civil de nacimiento. Si los hijos son menores de edad y ambos padres son fallecidos, este registro debe contener la nota marginal de asignación de curador o tutor, máximo con tres meses de antigüedad desde su expedición.
  • Fotocopia ampliada al 150% de la tarjeta de identidad para los hijos mayores de 7 años y menores de 18, y cédula de ciudadanía de los hijos mayores de 18 años y menores de 25 años.
  • Hijos de 18 a 25 años: certificado de estudio a fecha de siniestro indicando intensidad horaria y certificado laboral en caso de que trabaje, certificado de estudio posterior a fecha de siniestro indicando intensidad horaria, formato para estudio modalidad pensional.
  • Fotocopia ampliada al 150% de la cédula de ciudadanía del representante legal del menor.

Si quienes realizan la solicitud son únicamente los hijos, deberán adicionar

  • Si el afiliado era viudo: copia autenticada del folio del registro civil de matrimonio, máximo con tres meses de antigüedad desde su expedición, y copia autenticada del folio del registro civil de defunción del(la) cónyuge, máximo con tres meses de antigüedad desde su expedición.
  • Si el afiliado era divorciado: copia auténtica del folio del registro civil de matrimonio con la nota marginal de divorcio o cesación de efectos civiles del matrimonio, máximo con tres meses de antigüedad desde su expedición.

Si los reclamantes son los padres

  • Fotocopia ampliada al 150 % de la cédula de ciudadanía.
  • Copia autenticada del folio del registro civil de nacimiento para las personas nacidas con posterioridad al 15 de julio de 1938, con máximo tres meses de antigüedad desde su expedición.
  • Partida de bautizo para los nacidos antes del 15 de julio de 1938.
  • Fotocopia del registro civil de defunción, necesario cuando alguno de los padres ha fallecido.
  • Copia autenticada del folio del registro civil de matrimonio, máximo con tres meses de antigüedad desde su expedición.
  • Formato para estudio modalidad pensional.

Si el reclamante es un hermano inválido

  • Copia auténtica del folio del registro civil de nacimiento, máximo con tres meses de antigüedad desde su expedición, con la nota marginal de designación de tutor o curador (para menores de 18 años si no tiene quien los represente o para mayores de 18 años en caso de requerir curador).
  • Dictamen de invalidez expedido por Seguros de Vida Alfa o por la Junta Regional de Calificación de Invalidez.
  • Fotocopia ampliada al 150% de la tarjeta de identidad, para mayores de 7 años y menores de 18 años.
  • Fotocopia de la cédula de ciudadanía ampliada al 150% para mayores de 18 años y menores de 25.
  • Fotocopia de la cédula de ciudadanía del tutor o curador ampliada al 150%.
  • Formato para estudio modalidad pensional.
  • Para pagos a terceros, poder autenticado donde se autorice el pago.

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