Para la Comisión de Expertos para la Equidad y la Competitividad Tributaria “el IVA en Colombia recauda poco, la tarifa es baja, su productividad es reducida, contiene múltiples beneficios y tratamientos especiales que generan inequidades entre actividades económicas y, al no permitir el descuento pleno sobre el IVA pagado en la adquisición de bienes de capital, grava la inversión y no contribuye a la eficiencia económica y la competitividad”.
Según algunos gremios, subir la tarifa general del 16% al 19% ya es un escándalo, pues tal medida afecta el consumo y deteriora las ventas o en algunos casos incentiva la evasión. Esto debido a que competir legalmente se expresa en que cada vez son más distantes los precios que puede ofrecer una empresa formal frente al de los informales.
Los consumidores finales personas naturales no responsables del IVA, en su gran mayoría no tienen ni idea de cuánto pagan por IVA al mes de sus ingresos totales. La contabilidad de un asalariado es muy simple y se limita al control de su salario de bolsillo al momento de su ingreso; luego los impuestos que le duelen de manera inmediata son los de retención en la fuente y los de seguridad social, que en algunos casos alcanzan a deteriorar hasta un 30% su ingreso bruto. Si a este porcentaje le sumara el costo asumido por IVA, habría una tendencia a la evasión muy grande que de hecho se observa con la economía informal.
Para las empresas que están en el régimen general, cobrar el 19% les implica un mayor esfuerzo en comercialización de productos finales principalmente, pero en casos intermedios de la producción sus clientes simplemente toman como descontable el valor pagado por IVA y no les afecta sus utilidades comerciales.
Pero los productores de bienes y servicios excluidos del IVA, deben sumar como costo el IVA pagado en sus insumos y por tanto se convierte en un deterioro directo de sus utilidades; es el caso de los constructores, las entidades de salud, la educación, por solo mencionar unos cuantos sectores en dicha categoría de excluidos. Aproximadamente un 4% de sus costos totales es el impacto del IVA asumido que finalmente son menores utilidades. Esta cifra puede significar en algunas simulaciones el doble de las utilidades del negocio, luego no es una cifra menor.
Para quienes tuvieron la desgracia de entrar como beneficiados al considerarse bajo el régimen del impuesto al consumo, el efecto económico es exactamente igual al descrito en el párrafo anterior para los bienes y servicios excluidos, es decir, el impuesto al consumo disminuye directamente las utilidades porque no hay impuestos descontables en este régimen.
Cordialmente,
Gabriel Vásquez Tristancho