Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta:
Si una persona nacional que tiene más del 50 % de su patrimonio en el extranjero vive con su familia fuera del país y sus ingresos son de fuente extranjera, pero posee una casa en territorio nacional cuyo valor supera los $180.000.000, ¿debe presentar declaración de renta en Colombia por el año gravable 2018?
Resuelta el 13 de febrero de 2019
Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta:
Si una persona nacional que tiene más del 50 % de su patrimonio en el extranjero vive con su familia fuera del país y sus ingresos son de fuente extranjera, pero posee una casa en territorio nacional cuyo valor supera los $180.000.000, ¿debe presentar declaración de renta en Colombia por el año gravable 2018?
Resuelta el 13 de febrero de 2019
Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios menciona que se consideran no residentes, para efectos fiscales, aquellos nacionales que cumplan con alguno de los literales del numeral 3 del artículo 10 del Estatuto Tributario –ET– y las condiciones fijadas en el parágrafo 2 del mismo artículo.
Para el caso en cuestión, las personas que para efectos fiscales sean consideradas no residentes en el país deberán efectuar su declaración de renta únicamente cuando perciban ingresos brutos superiores a 1.400 UVT y no les haya sido practicada la respectiva retención (artículo 592 del ET). Cabe señalar, además, que la posesión de patrimonio en el país no los obliga a presentar dicha declaración.