Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Personas naturales responsables del IVA por superar monto de 3.500 UVT


Actualizado: 26 octubre, 2021 (hace 2 años)

Responde conferencista: Diego Guevara

¿Una persona natural que supera el monto de 3.500 UVT en ingresos en el año anterior, pero se dedica al transporte de carga, el cual no tiene IVA, sería responsable de este impuesto?

Pregunta resuelta octubre 14 de 2021

A continuación, el Dr. Diego Guevara, líder de investigación tributaria de Actualícese, señala si las personas naturales que superan el monto de 3.500 UVT, pero realizan actividades que no tienen IVA, deben ser responsables de este impuesto, de acuerdo con lo señalado en el parágrafo 3 del artículo 437 del Estatuto Tributario.

Complementa esta respuesta visitando nuestro análisis Requisitos para operar como no responsable del IVA durante 2021.

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