Segundo grupo de obligados: microempresas
Características cualitativas de la información en los estados financieros
Son casi las mismas que aparecen dentro del decreto 2649 de 1993, bajo la denominación de “Normas Básicas” (Capítulo III, artículos 6 a 18), agregándole” comprensibilidad”, “relevancia” “fiabilidad”, “integridad” y “ equilibrio entre costo y beneficio” Recordemos que el decreto 2649/93 se refiere a las siguientes 12 normas básicas;
El decreto 2706 de 2012, para microempresas, describe así las nuevas características cualitativas de la información financiera:
Comprensibilidad: “La información es comprensible cuando es clara y fácil de entender”
Relevancia: “La información tiene la cualidad de relevancia cuando puede ejercer influencia sobre las decisiones económicas de quienes la utilizan”
Fiabilidad: “La información es fiable cuando está libre de error significativo y sesgo, y representa fielmente lo que pretende representar o puede esperarse razonablemente que represente”
Integridad: “La información de los estados financieros debe ser completa dentro de los límites de la importancia relativa y el costo, puesto que es un presupuesto de la fiabilidad. Una omisión puede causar que la información sea falsa o equívoca, y por tanto no fiable y deficiente en términos de relevancia”
Equilibrio entre costo y beneficio: “Los beneficios derivados de la información deben exceder los costos de suministrarla. Esta evaluación es sustancialmente un proceso de jucio”.
Como se podrá ver en varias de las siguientes píldoras, la característica cualitativa denominada “esencia sobre forma” tiene importancia fundamental para el registro contable y la preparación de los estados financieros. Aunque no es nueva, a partir de las NIIF se insiste demasiado en el criterio profesional, debidamente fundamentado, para aplicar esta característica cualitativa. El decreto 2706, la describe así: “Las transacciones y demás sucesos y condiciones deben contabilizarse y presentarse de acuerdo con su realidad económica y no solamente en consideración a su forma legal”.
Autor:
C. P. Carlos Sastoque M.
<carsastoque@yahoo.com>