Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Plazo para inscribirse en el régimen simple de tributación


Plazo para inscribirse en el régimen simple de tributación
Actualizado: 30 julio, 2019 (hace 5 años)

Los contribuyentes que opten por inscribirse en el nuevo régimen simple de tributación tendrán plazo para efectuar dicho procedimiento hasta el 31 de julio de 2019, de conformidad con las especificaciones señaladas en el parágrafo transitorio del artículo 909 del Estatuto Tributario.

A continuación, daremos respuesta a la siguiente pregunta: ¿Qué opciones tienen los contribuyentes que no alcancen a inscribirse en el régimen simple de tributación?

Los contribuyentes que opten por inscribirse en el nuevo régimen simple de tributación creado con el artículo 66 de la Ley 1943 de 2018, mediante el cual se modifican los artículos 903 a 916 del Estatuto Tributario –ET–, tendrán plazo para efectuar dicho trámite hasta el 31 de julio de 2019, de acuerdo con lo establecido con el parágrafo transitorio del artículo 909 del ET. Sin embargo, para años gravables siguientes los contribuyentes podrán realizar el traslado al nuevo régimen hasta el 31 de enero de cada año.

No obstante, en caso de que el contribuyente no se acoja al régimen simple en el plazo señalado deberá permanecer en el régimen ordinario y tributar en el mismo durante todo el período gravable, teniendo la posibilidad de realizar la inscripción en el régimen simple para el próximo año. En este punto es válido señalar que para decidir trasladarse o no a este régimen es necesario aguardar por la reglamentación que sería expedida por el Ministerio de Hacienda.

Adicionalmente, es necesario mencionar que quienes se inscriban como contribuyentes del régimen simple deberán permanecer en tal régimen hasta concluir el respectivo período gravable, teniendo la posibilidad de trasladarse de nuevo al régimen ordinario para el siguiente período fiscal. Cabe señalar que el tiempo máximo de permanencia en este régimen es indefinido, siempre y cuando se cumplan los requisitos para pertenecer al mismo (ver nuestro caso de estudio Régimen simple de tributación: tiempo mínimo y máximo de permanencia).

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