Mediante la Resolución 112 de octubre 29 de 2015, la DIAN definió los reportes de información exógena tributaria que los contribuyentes deberán entregar por el año gravable 2016.
Mediante la Resolución 112 de octubre 29 de 2015, la DIAN definió los reportes de información exógena tributaria que los contribuyentes deberán entregar por el año gravable 2016. La Resolución 000016 de 2017 incorporó modificaciones con relación a los plazos.
La Resolución 112 de 2015, que contiene todos los lineamientos para preparar y presentar información exógena por el año gravable 2016, fue modificada por la Resolución 000084 de diciembre 30 de 2016, que efectuó 19 cambios trascendentales para lograr que la información solicitada por el año gravable 2016 sea igual a la requerida por 2017. Las personas jurídicas agentes de retención ya no solo presentarán los formatos 1001 y 1005, sino también los 1004, 1011, 1012 y 2275.
Posteriormente, la Resolución 000016 de 2017 modificó de manera parcial las resoluciones 000112 de 2015 y 000084 de 2016 a fin de extender los plazos para la presentación de la información exógena del año gravable 2016 para los grandes contribuyentes, personas jurídicas y naturales; los demás vencimientos se mantuvieron en las fechas estipuladas inicialmente, tal como se describe a continuación.
Último dígito del NIT | Fecha
( año 2017) |
Último dígito del NIT | Fecha
( año 2017) |
4 | 18 de abril | 9 | 25 de abril |
5 | 19 de abril | 0 | 26 de abril |
6 | 20 de abril | 1 | 27 de abril |
7 | 21 de abril | 2 | 28 de abril |
8 | 24 de abril | 3 | 02 de mayo |
Últimos dígitos del NIT | Fecha
( año 2017) |
Últimos dígitos del NIT | Fecha
( año 2017) |
31 a 35 | 03 de mayo | 81 a 85 | 17 de mayo |
36 a 40 | 04 de mayo | 86 a 90 | 18 de mayo |
41 a 45 | 05 de mayo | 91 a 95 | 19 de mayo |
46 a 50 | 08 de mayo | 96 a 00 | 22 de mayo |
51 a 55 | 09 de mayo | 01 a 05 | 23 de mayo |
56 a 60 | 10 de mayo | 06 a 10 | 24 de mayo |
61 a 65 | 11 de mayo | 11 a 15 | 25 de mayo |
66 a 70 | 12 de mayo | 16 a 20 | 26 de mayo |
71 a 75 | 15 de mayo | 21 a 25 | 30 de mayo |
76 a 80 | 16 de mayo | 26 a 30 | 31 de mayo |
Las fechas de las tablas anteriores no aplican para la información a reportar por convenios con organismos internacionales, de la Registraduría Nacional y de los grupos empresariales. Esta debe presentarse como se indica a continuación:
Convenios de cooperación y asistencia técnica para el apoyo y ejecución de sus programas o proyectos con organismos internacionales (reportes mensuales) |
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Fecha máxima de reporte |
Último día hábil del mes siguiente al periodo objeto de reporte |
Información a suministrar por la Registraduría Nacional Del Estado Civil |
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Fecha máxima de reporte |
1 de marzo de 2017 |
Información a suministrar por los grupos empresariales |
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Fecha máxima de reporte |
30 de junio de 2017 |