Para Asobancaria, la ley desmejoraría la calidad de la información real sobre el comportamiento crediticio de los deudores. Además, quienes nunca atendieron sus obligaciones podrían continuar solicitando financiación sin que las entidades que ofrecen este servicio tengan conocimiento de ello.
Para Asobancaria, la ley desmejoraría la calidad de la información real sobre el comportamiento crediticio de los deudores. Además, quienes nunca atendieron sus obligaciones podrían continuar solicitando financiación sin que las entidades que ofrecen este servicio tengan conocimiento de ello.
En nuestro editorial ¿Se hundirá el proyecto de ley de borrón y cuenta nueva en centrales de riesgo? explicábamos la posición de los congresistas Luis Fernando Velasco y David Barguil, quienes buscan salvar la propuesta de modificar el Habeas Data financiero y así beneficiar a millones de colombianos que necesitan de esta reforma, más conocida como Ley de borrón y cuenta nueva.
Cabe anotar que la iniciativa, ya aprobada por el Senado de la República, está en riesgo de hundirse si no se tramita en la Cámara de Representantes, donde deberá ser debatida, votada y aprobada por la Comisión Primera y la plenaria antes del 20 de junio de 2019, fecha en la que culmina este período legislativo.
Velasco y Barguil, autores del proyecto de ley que busca un borrón y cuenta nueva en las centrales de riesgo, han dicho que el proyecto de ley está a punto de hundirse por cuenta de la Cámara de Representantes, puesto que no ha adelantado el trámite respectivo a falta de dos debates. «Es mentira que esta iniciativa va a generar una cultura de no pago; al contrario, el beneficio lo reciben por una sola vez quienes se pongan al día en su deuda», explicó el senador conservador David Barguil en la página del Senado.
La entidad, en su informe semanal del 13 de mayo de 2019, titulado: Impacto en la información financiera y el acceso al crédito del proyecto de ley 053 de 2018 – Habeas Data, considera que las medidas propuestas son sumamente inconvenientes para el sano funcionamiento del sistema financiero y el desarrollo de la economía local.
Frente a la reducción del tiempo de permanencia del reporte de moras en las centrales de riesgo y la definición de un término de caducidad para la misma, se generarían impactos negativos que causan gran preocupación. «Un ejemplo sería una desmejora en la calidad de la información real sobre el comportamiento crediticio de los deudores, dado que se otorgaría el mismo trato a los deudores morosos y a aquellos que siempre han estado al día en sus pagos. Adicionalmente, esta iniciativa legislativa estimularía la cultura de no pago ya que, luego de cumplir el período de caducidad, los deudores que nunca atendieron sus obligaciones podrían continuar solicitando financiación sin que las entidades que ofrecen este servicio tengan conocimiento de ello», explica la entidad.
Por otra parte, los mayores costos y trámites asociados a la modificación de la obligación de “comunicar” a los deudores por la de “notificar”, que se hará del reporte ante las centrales de riesgos, encarecerían el financiamiento tanto en el sector real como en el financiero. «Esto afectaría a los mismos prestatarios y generaría un incentivo perverso para que los deudores morosos impidieran que su mal comportamiento de pago se viera reflejado en las centrales de riesgo, simplemente evitando la notificación, lo cual impactaría negativamente la calidad de la información reportada«, piensa Asobancaria.
En Chile, la Ley 20575 de 2012 propuso una amnistía similar a la propuesta en el proyecto de ley de borrón y cuenta nueva. “Los responsables de los registros o bancos de datos personales que traten información de carácter económico, financiero, bancario o comercial a que se refiere el título III de la ley N.º 19.628, sobre Protección de la Vida Privada, no podrán comunicar los datos relativos a dichas obligaciones cuando se hayan hecho exigibles antes del 31 de diciembre de 2011 y se encuentren impagas, siempre que el total de obligaciones impagas del titular que comunique el registro o banco de datos a la fecha de publicación en el Diario Oficial de esta ley sea inferior a $2’500.000 por concepto de capital, excluyendo intereses, reajustes o cualquier otro rubro”, publica El Espectador.
Un estudio de Andrés Liberman, Christopher Neilson, Luis Opazo y Seth Zimmerman establece que el proyecto de ley afectó principalmente a los ciudadanos de menor capacidad de pago. Debido a que las entidades financieras no podían diferenciar a los usuarios con base en su comportamiento de pago, en el primer año del proyecto de ley se produjo un incremento en la tasa de interés de casi 10 puntos (de 25 a 35 %) en los préstamos de la población de menores ingresos.
Por su parte, en los créditos de la población de mayor capacidad de pago no se divisó ningún cambio durante el primer año de la ley. Se trata de un resultado bastante adverso, ya que la ley atacó al grupo de la sociedad más vulnerable y que más dificultades presenta en las políticas de bancarización.