Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Posibilidad de fuero de desempleo –Juan Pablo Cardona González


Proyecto radicado en el Senado podría dar vida a un nuevo fuero o protección laboral. Consiste en evitar que el trabajador con cónyuge desempleado, sea despedido de su trabajo.

Recientemente fue presentado ante la Secretaría General del Senado un proyecto de ley que pretende prohibir el despido sin justa causa de todo trabajador o trabajadora padre de familia, cuyo cónyuge, compañero o compañera permanente se encuentre desempleado y dentro de su núcleo familiar haya menor de edad.

Para quedar amparado por el fuero, el trabajador activo deberá, dentro de los 8 días siguientes, avisar por escrito a su empleador la terminación del contrato de trabajo de su cónyuge, adjuntando prueba que así lo acredite –Aserto que puede resultar de difícil probanza cuando el despido se haga verbalmente, o se le impida al trabajador desarrollar su trabajo–; la prohibición de despido cobijará al trabajador y su núcleo familiar durante 6 meses.

Como sucede en los demás casos de trabajadores aforados, el despido deberá estar autorizado por el inspector del trabajo, o por el alcalde, donde no existiere aquel. La sanción por despido al violar esta eventual disposición sería de 30 días de salario.

¿Qué se busca?

Según la exposición de motivos, el proyecto pretende fortalecer la protección de los derechos de la niñez, la familia y el mínimo vital, para que al menos uno de los cónyuges goce de estabilidad en su empleo. También en que la Constitución defiere a la ley dictar normas para la protección de los derechos de los niños, adolescentes, haciéndose preciso que la familia tenga recursos suficientes para sacar a sus hijos adelante.

¿Cómo sería?

De aprobarse la iniciativa, tendríamos en Colombia protección laboral reforzada para las trabajadoras embarazadas, o en período de lactancia, para trabajadores discapacitados o afectados con limitaciones, y también para los trabajadores con cónyuge o compañero o compañera permanente desempleados.

Igualmente, de convertirse en ley de la República esta iniciativa, podrían los trabajadores aforados que cumplan los requisitos aquí establecidos, si son despedidos, propender por la defensa de sus derechos fundamentales y de su núcleo familiar a través de la acción de tutela, caso en el cual la Corte Constitucional tendría la última palabra.

Autor:

Juan Pablo Cardona González
juanpcardonag@gmail.com

Juan Pablo Cardona González
Abogado, especialista en Derecho Procesal Civil. Dedicado al ejercicio del derecho de policía.
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