Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Presentación de información exógena por el año gravable 2016: 8 respuestas claves


Presentación de información exógena por el año gravable 2016: 8 respuestas claves
Actualizado: 18 abril, 2017 (hace 7 años)

Mediante la Resolución 000112 de 2015 la DIAN estableció quiénes se encuentran obligados a reportar la información exógena correspondiente al año gravable 2016. A continuación, se presentan 8 respuestas claves a preguntas frecuentes sobre este tema, abordadas por nuestro equipo experto en la materia.

 
Presentación de información exógena para los obligados por las retenciones practicadas
 
El Dr. Diego Guevara aclara que si es para presentar la información exógena del año gravable 2016 se debe validar la Resolución 000112 de octubre de 2015. Adicionalmente, se debe considerar las resoluciones 000084 de 2016 y la 000016 de 2017. Ahora bien, según el artículo 17 de la Resolución 000112 de 2015 en su literal C, en el inciso segundo, estableció que las personas jurídicas que solo fueron agentes de retención deberán entregar adicionalmente otros formatos.

 
Sanción por no reportar información exógena del año gravable 2016

El Dr. Diego Guevara indica que las fechas para presentar información exógena por el año gravable 2016 fueron ampliadas mediante la Resolución 000016 de 2017. Ahora bien, cuando no se presenta la información exógena, o se presenta de forma errada, se debe validar la sanción del artículo 651 de Estatuto Tributario el cual fue modificado mediante el artículo 289 de la Ley 1819 de 2016.

 
Presentación de información exógena para persona del régimen simplificado

El Dr. Diego Guevara indica que para conocer la información de presentación de información exógena por el año gravable 2016 se debe validar la Resolución 000112 de octubre de 2015, modificada por la Resolución 000084 de diciembre 30 de 2016 y la Resolución 000016 de marzo 15 de 2017.
En ese sentido, y según la Resolución 000112 de octubre de 2015, la información exógena a presentar por el año gravable 2016 por las personas naturales estará a cargo de quienes en el año 2014 tuvieron ingresos brutos por 500 millones o más.

 
Fechas a reportar información exógena del año gravable 2016 de grandes contribuyentes

El Dr. Diego Guevara aclara que ya fue expedida la Resolución 000016 de marzo 15 de 2017, la cual modifica a la Resolución 000112 de octubre de 2015, para ampliar los plazos de presentación de información de exógena del año gravable 2016. En ese sentido, los grandes contribuyentes deberán presentar la información exógena entre el 18 de abril y 02 de mayo de 2017. De igual manera, para quienes no son grandes contribuyentes también se les ampliaron los plazos quedando como nueva fecha de presentación del 03 al 31 de mayo de 2017.

 
Facturación de ingresos por ventas TAT y reporte de exógena

El Dr. Diego Guevara indica que si la entidad está utilizando el comprobante de venta masiva y ambulante debe tener presente lo consagrado en el Decreto Único Tributario 1625 de 2016 en su artículo 1.6.1.4.5, el cual se refiere a: “cuando los obligados a facturar realicen operaciones de distribución masiva y ambulante de bienes, se entiende cumplida la obligación de facturar, con el comprobante que estos deben elaborar a sus vendedores”.
Y que, dichos
“comprobantes deben contener como mínimo el nombre o razón social y NIT de la empresa, la fecha, período al cual corresponde el comprobante, nombre completo del vendedor y su identificación, mercancía entregada, mercancía devuelta, mercancía vendida y valor de la venta. Cuando parte de la mercancía relacionada en el comprobante sea vendida a crédito, se realizará la respectiva conciliación con las facturas que se expidan para soportar esta última.”

 
Normatividad vigente para reportar exógena de 2016

El Dr. Diego Guevara había indicado que el reporte de la información exógena correspondiente al año gravable de 2016 se debía presentar a partir del 28 de marzo de 2017. Sin embargo se aclara que posteriormente fue expedida la Resolución 000016 de marzo 15 de 2017, la cual modifica a la Resolución 000112 de octubre de 2015, para ampliar los plazos de presentación de información de exógena del año gravable 2016. En ese sentido, los grandes contribuyentes deberán presentar la información exógena entre el 18 de abril y 02 de mayo de 2017. De igual manera, para quienes no son grandes contribuyentes también se les ampliaron los plazos quedando como nueva fecha de presentación del 03 al 31 de mayo de 2017.
Finalmente, se informa que la normatividad para presentar la información exógena del año gravable 2016 es la Resolución 000112 de octubre de 2015, la cual fue modificada mediante la resolución 000084 de 2016.

 
Reporte de información exógena en pagos de terceros en contratos de mandato

El Dr. Diego Guevara aclara que quien tiene la obligación de reportar los pagos a terceros en un contrato de mandato es el mandatario. Este deberá diligenciar unos formatos especiales, registrando en las primeras columnas la información respectiva de los pagos a terceros y finalizando el formato reportará quién es el mandante que se podrá tomar esos gastos. Por lo anterior, cuando el mandante presente el formulario 1001, no tendrá que informar los pagos a terceros, según lo dispuesto por la Resolución 000112 de octubre de 2015, la cual regula la información de la presentación perteneciente a la información exógena del año gravable 2016.
Vale la pena destacar que la anterior resolución fue modificada con la Resolución 000084 de 2016.

 
Corrección de tercero en los formatos de exógena 1001 y 1005

El Dr. Diego Guevara indica que cuando se tiene la obligación de modificar un formato de reporte de información exógena, así sea sólo por un tercero, se debe enviar la información con todos los terceros incluidos inicialmente. Es de anotar que para reportar la información exógena correspondiente al año gravable 2016, se debe validar la siguiente normatividad:
Resolución 000112 de 2015
Resolución 000084 de 2016
Resolución 000016 de 2017

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