Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Presentación de información exógena por las juntas de acción comunal


Actualizado: 26 enero, 2018 (hace 6 años)

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta

¿Las juntas de acción comunal están obligadas a presentar información exógena?

Resueltas  18 de Enero de 2018

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios, indica que en primer lugar debe señalarse que, según los artículos 22, 23 y 589 del Estatuto Tributario, disposiciones que fueron modificadas con los artículos 144, 145 y 164 de la Ley 1819 de 2016, las juntas de acción comunal se encuentran clasificadas como entidades no contribuyentes del impuesto de renta y no declarantes.

Una vez analizado lo anterior se debe revisar la resolución de información exógena para poder identificar si son reportantes de la misma según el año al cual corresponda y para verificar si se cumple con los requisitos exigidos.

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