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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Presentación del formato 2516 por las personas jurídicas


Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta

¿Se encuentran obligadas todas las personas jurídicas a presentar el formato 2516?

Resueltas julio 25 de 2018

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios señala que el formato 2516 se diseñó con la finalidad de que las personas jurídicas puedan realizar el proceso de conciliación fiscal, disposición normativa que para llevarse a cabo requiere de la lectura de lo dispuesto Decreto 1998 de noviembre de 2017.

Ahora bien, después de hacer la lectura de la normatividad es claro que el formato 2516 debe ser elaborado y conservado por todas las persona jurídicas declarantes del impuesto de renta y adicionalmente cumplir con la obligación de presentarlo a través de los servicios informáticos de la Dian por los contribuyentes que por el año gravable 2017 hayan superado el tope de ingresos de las 45.000 UVT.

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