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Presentación sin sanción e intereses en declaración de IVA por los años 2014 y 2015

Si no se ha presentado la declaración de IVA de los años 2014 y 2015, ¿estas pueden presentarse sin sanción e intereses?

Resuelta en febrero 02 de 2017

Fecha de publicación: 7 de febrero de 2017
Presentación sin sanción e intereses en declaración de IVA por los años 2014 y 2015
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Si no se ha presentado la declaración de IVA de los años 2014 y 2015, ¿estas pueden presentarse sin sanción e intereses?    

Resuelta en febrero 02 de 2017

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios, señala que una vez realizada la lectura de la Ley 1819 de 2016, se puede observar que existen ciertas excepciones de pago de sanciones tributarias por la no presentación de declaraciones.

Es de anotar que dichas excepciones aplican solo para los impuestos territoriales, como por ejemplo las declaraciones del ICA o el impuesto vehicular y no para los impuestos nacionales administrados por la Dian, de conformidad con lo establecido en el artículo 356 de la Ley 1819 de 2016.