Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Prevalidadores para elaborar reportes de exógena año gravable 2017 no servirían


Prevalidadores para elaborar reportes de exógena año gravable 2017 no servirían
Actualizado: 5 marzo, 2018 (hace 6 años)

Esto se debe a que la Dian primero debe tomar el texto de la Resolución 000068 de 2016 y actualizarlo según los cambios que introdujo la Ley 1819 de 2016 y sus decretos reglamentarios expedidos hasta el 29 de diciembre del año anterior. Es posible que se anuncien nuevos vencimientos.

El 20 de febrero de 2018 la Dian publicó algunos prevalidadores para elaborar los reportes del año gravable 2017. Sin embargo, desde Actualícese pensamos que estos no deberían utilizarse ya que la Dian no ha ajustado la Resolución 000068 de 2016 de octubre 28 de 2016 conforme a los cambios de la Ley 1819 de 2916 y sus decretos reglamentarios.

En aquella fecha, la Dian publicó cinco prevalidadores tributarios con los que se podrían elaborar la mayor parte de los diferentes formatos para exógena tributaria del año gravable 2017 que se mencionan en la versión vigente de la Resolución 000068 de 2016.

Sin embargo, es necesario subrayar que la Resolución 000068 de 2016 fue expedida antes de la Ley 1819 de diciembre 29 de 2016 y por tal razón es lógico que las instrucciones contenidas en ella están desactualizadas, ya que la Dian no la ha actualizado con los cambios introducidos por la Ley 1819 de 2016 y sus decretos reglamentarios expedidos hasta diciembre 29 de 2017.

“los prevalidadores que se publicaron no servirán para elaborar los formatos del año gravable 2017, pues la Dian primero tiene que tomar el texto de la Resolución 000068 de 2016 y actualizarlo”

En consecuencia, los prevalidadores que se publicaron no servirán para elaborar los formatos del año gravable 2017, pues la Dian primero tiene que tomar el texto de la Resolución 000068 de 2016 y actualizarlo con los cambios que introdujo la Ley 1819 de 2016 y los decretos reglamentarios expedidos hasta diciembre 29 de 2017.

El porqué de la tardanza

Expliquemos dos argumentos que nos pueden ayudar a entender el retraso de la Dian:

a) La información exógena tributaria al final se convierte en un anexo de lo incluido en las declaraciones de IVA, Retención e INC del 2017, pero también se convierte en un anexo de lo que finalmente se lleve a las declaraciones de renta del año gravable 2017, que todavía no han sido presentadas.

b) Por lo anterior, y conociendo que la Dian todavía está diseñando los nuevos formularios 110 y 210 para declaraciones de renta año gravable 2017, y teniendo presente que estos formularios deben encajar con el diseño de los nuevos formatos de conciliación fiscal 2516 y 2517, creemos que la Dian no dará a conocer la resolución que actualizará a la Resolución 000068 de 2016 solo hasta cuando haya finalizado el trabajo de diseñar los nuevos formularios 110 y 210, al igual que los formatos 2516 y 2517, para las declaraciones de renta del año gravable 2017.

Este trabajo podría llegar hasta finales de marzo, provocando que la Dian quede obligada a anunciar nuevos plazos especiales para entregar la información exógena tributaria año gravable 2017. Solo a finales de marzo se anunciarían los plazos para entregar los formatos de conciliación fiscal (formatos 2516 y 2517). Por ahora se sabe (gracias a un encuentro con contadores que hizo la Dian en diciembre de 2017) que el plazo para entregar esos dos formatos está contemplado para que se cumpla en octubre de 2018.

Por lo tanto, la Dian fijaría para octubre de 2018 el plazo de entrega de los reportes de exógena año gravable 2017. Y aunque eso alteraría la oportunidad para acceder a la consulta de datos para declaración de renta de las personas naturales, la Dian no ha estado obligada a publicar dicha información.

Si quiere ampliar la anterior información, lea nuestro análisis Prevalidadores para exógena 2017 fueron publicados sin actualizarse la normatividad.

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