Prima comercial en cesión de contrato de arrendamiento
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Publicado: 7 marzo, 2016
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¿Cuando se cede un contrato de arrendamiento se debe pagar prima comercial? La prima comercial hace referencia a aquel pago que se recibe por vender un establecimiento de comercio, incluido su buen nombre. Ahora bien, la normatividad no indica que dicho pago no se pueda recibir también por la cesión del contrato.
Brevemente respondamos el siguiente interrogante: en la cesión del contrato de arrendamiento de un local comercial, ¿aplica la prima comercial?
Para responder el anterior interrogante es importante remitirse al artículo 516 del Código de Comercio, el cual señala los elementos del establecimiento de comercio; dicho artículo, en su numeral sexto, indica que forma parte de une establecimiento de comercio “el derecho a impedir la desviación de la clientela y a la protección de la fama comercial”. De tal manera, la fama comercial de un establecimiento de comercio hace referencia al Good Will o el derecho al buen nombre o buena reputación de un establecimiento de comercio determinado.
Cuando el comerciante da apertura a su establecimiento de comercio crea relaciones de carácter comercial y civil con sus proveedores y clientela; dichas relaciones le otorgan el derecho a una buena reputación comercial, también llamada buen nombre. En consecuencia, cuando se trata de la enajenación aquel derecho al buen nombre es reconocido y susceptible de comercialización; este puede incluir el pago de una prima por la venta del establecimiento de comercio.
Venta del establecimiento de comercio
Es importante recordar que la venta de un establecimiento de comercio se realiza en bloque, lo cual significa que el propietario también puede vender su derecho al Good Will.
Ahora bien, respecto a la cesión del establecimiento, se debe aclarar que no existe normatividad alguna que indique la imposibilidad de ceder el buen nombre y recibir el pago de una prima por este. Por lo tanto, resulta factible dicha situación, y de llevarse a cabo no se vulnera ningún tipo de normatividad en materia comercial, ni se incurre en actos de ilegalidad.
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De acuerdo a los datos ingresados en el formulario:
Salario mensual real
Máximo a deducir por pago en especie
Salario y deducciones al trabajador
Salud (4%):
Pensión (4%):
Descuento total:
Salario a recibir:
Valores y aportes del empleador
Salud* (8.5%):
Pensión (12%):
ARL (100%):
Caja de compensación (4%):
Sena* (2%):
ICBF* (3%):
Provisión mensual del empleador sobre salario real (dinero + especie)
Cesantías:
Intereses cesantías:
Vacaciones
Prima
* De acuerdo con lo expuesto en el inciso segundo del artículo 114-1 del Estatuto Tributario, "las personas naturales empleadoras estarán exoneradas de la obligación de pago de los aportes parafiscales al Sena, al ICBF y al Sistema de Seguridad Social en Salud por los empleados que devenguen menos de diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes. Lo anterior no aplicará para personas naturales que empleen menos de dos trabajadores, los cuales seguirán obligados a efectuar los aportes de que trata este inciso".
Información general
Salario mínimo legal vigente
$ 828.116
Salario mínimo integral vigente
$ 10.765.508
Auxilio de transporte
$ 97.032
Unidad de Valor Tributario (UVT)
$ 34.270
Plantilla para clasificar una entidad en un grupo de aplicación de las NIIF en Colombia
NIIF - NAI Oficiales
Las Normas Internacionales de Información Financiera -NIIF- y las Normas de Aseguramiento de la Información -NAI- se hicieron públicas en Colombia con el permiso de la Fundación IFRS, por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, en colaboración con el Instituto Nacional de Contadores Públicos de Colombia.
Para acceder a la traducción oficial de los estándares puede ingresar a los siguientes enlaces:
Fundación IFRS: NIC y NIIF
Traducción al español de las Normas Internacionales de Información Financiera y sus interpretaciones.
Norma Internacional de Auditoría, Norma Internacional de Control de Calidad, Norma Internacional sobre Compromisos de Revisión, Norma Internacional para Compromisos de Aseguramiento, Norma Internacional sobre Servicios Relacionados o al Glosario de Términos del Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento.
*La consulta solo está disponible para usuarios registrados. Si es la primera vez que ingresa, haga clic en el botón “registrarme” y siga los pasos indicados.
Tasa aplicable a las obligaciones administradas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –Dian–
Entre el 1 y 31 de diciembre de 2019
26,37 %
Entre el 1 y 30 de noviembre de 2019
26,55 %
Interés Bancario Corriente - Superfinanciera
Consumo y Ordinario
Entre el 1 y 31 de diciembre de 2019
18,91 %
Entre el 1 y 30 de noviembre de 2019
19,03 %
Microcrédito
Entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2019
36,56 %
Entre el 1 de julio y el 30 de septiembre de 2019
36,76 %
Consumo bajo monto
Entre el 1 de octubre de 2019 y el 30 de septiembre de 2020
34,18 %
Entre el 1 de octubre de 2018 y el 30 de septiembre de 2019
34,25 %
Tasa de Usura - Superfinanciera
Consumo y Ordinario
Entre el 1 y 31 de diciembre de 2019
28,37 %
Entre el 1 y 30 de noviembre de 2019
28,55 %
Microcrédito
Entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2019
55,84 %
Entre el 1 de julio y el 30 de septiembre de 2019
55,14 %
Consumo bajo monto
Entre el 1 de octubre de 2019 y el 30 de septiembre de 2020
51,27 %
Entre el 1 de octubre de 2018 y el 30 de septiembre de 2019
51,38 %
Contribuyentes no obligados a declarar renta por el año gravable 2018
La persona natural queda exonerada de presentar la declaración del impuesto sobre la renta si durante el año gravable 2018 no fue responsable de IVA en el régimen común y, además, cumple con la totalidad de los siguientes 6 requisitos:
Requisito
UVT $33.156
Valor
Patrimonio bruto a diciembre 31 no exceda
4.500
$ 149.202.000
Ingresos brutos a diciembre 31 inferiores a
1.400
$ 46.418.000
Consumos con tarjeta de crédito no excedan
1.400
$ 46.418.000
Compras y consumos totales del año no excedan
1.400
$ 46.418.000
Consignaciones, depósitos, o inversiones no excedan
1.400
$ 46.418.000
No deben ser responsables de IVA en el régimen común al cierre del año
Hemos enviado un correo electrónico a correo@correo.com con el procedimiento para restablecer tu contraseña.
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