Prima de servicios como base para liquidar seguridad social y parafiscales


¿Lo recibido por concepto de prima de servicios forma parte de la base para realizar los aportes a seguridad social y los parafiscales?

La Dra. Natalia Jaimes aclara que los pagos recibidos por concepto de prestaciones sociales no forman parte de la base para liquidar los aportes a seguridad social o los parafiscales; lo anterior, según lo dispuesto en el artículo 307 del Código Sustantivo del Trabajo.

Es importante mencionar que si los pagos son habituales, se deben tomar como base para realizar los respectivos aportes al sistema de seguridad social como bien lo establece el artículo 127 del Código Sustantivo del Trabajo.

Hay mucho más para ver en Actualícese al iniciar sesión... Iniciar sesión Registro gratuito
,