Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Prima de servicios como base para liquidar seguridad social y parafiscales


Actualizado: 26 junio, 2017 (hace 7 años)

¿Lo recibido por concepto de prima de servicios forma parte de la base para realizar los aportes a seguridad social y los parafiscales?

La Dra. Natalia Jaimes aclara que los pagos recibidos por concepto de prestaciones sociales no forman parte de la base para liquidar los aportes a seguridad social o los parafiscales; lo anterior, según lo dispuesto en el artículo 307 del Código Sustantivo del Trabajo.

Es importante mencionar que si los pagos son habituales, se deben tomar como base para realizar los respectivos aportes al sistema de seguridad social como bien lo establece el artículo 127 del Código Sustantivo del Trabajo.

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,