El decreto 2649 de 1993 contiene los principios o normas de contabilidad que generalmente son aceptados en Colombia; de acuerdo con su artículo 1, dichos principios son un conjunto de conceptos y normas que deben ser tenidos en cuenta para registrar las transacciones habituales tanto de personas naturales como jurídicas obligadas a llevar contabilidad; siempre que se cumplan con dichos principios, la contabilidad facilitará el proceso de identificar, medir, clasificar, registrar, interpretar, analizar, evaluar e informar, las operaciones de un entre económico en forma clara, completa y fidedigna.
El decreto 2649 de 1993 contiene los principios o normas de contabilidad que generalmente son aceptados en Colombia; de acuerdo con su artículo 1, dichos principios son un conjunto de conceptos y normas que deben ser tenidos en cuenta para registrar las transacciones habituales tanto de personas naturales como jurídicas obligadas a llevar contabilidad; siempre que se cumplan con dichos principios, la contabilidad facilitará el proceso de identificar, medir, clasificar, registrar, interpretar, analizar, evaluar e informar, las operaciones de un entre económico en forma clara, completa y fidedigna.
El decreto 2649 de 1993, indicó en los artículos del 5 al 18, los principios o normas básicas más relevantes de la contabilidad, ellos son:
La moneda funcional es el signo monetario del medio económico en el cual el ente principalmente obtiene y usa efectivo”[2]
Todo hecho económico realizado debe ser debidamente reconocido; se entenderá realizado cuando pueda comprobarse que, como consecuencia de transacciones o eventos pasados, internos o externos, el ente económico tiene o tendrá un beneficio o un sacrificio económico, o ha experimentado un cambio en sus recursos, en uno y otro caso razonablemente cuantificables.
Un hecho económico es material cuando, debido a su naturaleza o cuantía, su conocimiento o desconocimiento, teniendo en cuenta las circunstancias que lo rodean, puede alterar significativamente las decisiones económicas de los usuarios de la información”.
Tanto la importancia relativa como la materialidad responden a criterios y políticas contables particulares de cada compañía. El caso específico de la importancia relativa hace referencia a una importancia subjetiva en la que el Contador Público debe priorizar la toma de decisiones. Tal es el caso, por ejemplo, en el que al realizar conciliaciones bancarias se generan descuadres de $10 que no es una cifra representativa frente al valor de la hora del auxiliar contable que deberá encontrar la fuente de dicho descuadre; así pues priorizando según la importancia relativa, es más factible realizar un ajuste por dichos $10 pesos y asumir la pérdida.
13. Prudencia: “Cuando existan dificultades para medir de manera confiable y verificable un hecho económico realizado, se debe optar por registrar la alternativa que tenga menos probabilidades de sobrestimar los activos y los ingresos, o de subestimar los pasivos y los gastos”.
[1] Artículo anterior: Decreto Reglamentario 2649 de 1993 – Artículo 4.
[2] La moneda funcional en Colombia es el peso colombiano ($)