Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Programas gubernamentales que luchan contra la corrupción: ¿efectivos o no?


Programas gubernamentales que luchan contra la corrupción: ¿efectivos o no?
Actualizado: 6 diciembre, 2018 (hace 5 años)

Carlos Julio Cortés, David Ortiz y Diego Ríos discuten la efectividad que tienen los diferentes programas creados por el Gobierno nacional con los que se lucha contra la corrupción, así como los órganos de control, los cuales al ser muy numerosos hacen que los resultados no sean los esperados.

Carlos Julio Cortés, CEO de Global Forensic Auditing Ltda, afirma que los programas gubernamentales que luchan contra la corrupción en las empresas no están siendo efectivos en el país. «Los programas anticorrupción, como la Ley 1474 de 2011, que en su contenido implementa herramientas y sanciones, se quedaron en el papel, se requiere mecanismos de capacitación y control efectivo sobre su aplicación», afirma.

“Colombia cuenta con demasiados órganos de control, lo que puede atentar para que los resultados contra la corrupción no sean los esperados”

David Ortiz, PhD y magister en Economía, docente de la Universidad Externado, en entrevista con Actualícese insiste en que Colombia cuenta con demasiados órganos de control, lo que puede atentar para que los resultados contra la corrupción no sean los esperados.

“La estructura del control fiscal en Colombia es muy particular, además de la Contraloría General de la República existen 63 contralorías territoriales, sistema que ha fracasado por varias razones. Primero, porque muchas de estas contralorías no tienen la capacidad técnica ni los recursos para hacer una adecuada vigilancia de los recursos públicos ni para llevar a cabo procesos de responsabilidad fiscal. Segundo, porque en algunos casos no es claro quién debe vigilar determinados recursos”, explica Ortiz.

Ortiz pone sobre la mesa el ejemplo del programa de alimentación escolar –PAE–, el cual ha sido cofinanciado entre los entes territoriales y la nación, y en muchos casos no ha sido claro quién tiene que vigilar esos recursos.

“Otro punto que atenta contra esta situación es que los contralores territoriales son elegidos por las coaliciones políticas de los municipios o departamentos, con lo que se cae en una situación contraproducente en la que el vigilante es elegido por el mismo vigilado y en la que las contralorías se vuelven una ficha más de la repartija clientelista regional”, afirma Ortiz.

Según Transparencia por Colombia, las contralorías departamentales en general tienen mayores riesgos de corrupción que las gobernaciones, con lo cual la garantía de control efectivo de los recursos públicos es nula.

¿Y la efectividad de los programas?

Diego Ríos, director de servicios forenses en KPMG Colombia, dice en Actualícese que con la Ley de soborno transnacional –la cual sanciona a las empresas colombianas que hagan ofrecimientos a funcionarios públicos extranjeros a cambio de mantener o retener negocios–, y multas de hasta 200.000 smmlv; las compañías iniciaron el diseño e implementación de programas de cumplimiento, compuestos por elementos alineados con lo establecido en el Código Penal colombiano, el Estatuto Antisoborno, el Estatuto de la Contratación Pública, además de los estándares internacionales que le apliquen, así como las prácticas recomendadas por la OCDE para combatir el soborno de funcionarios públicos extranjeros en transacciones de negocios internacionales.

Para él, a la fecha no es posible medir efectivamente la eficiencia de los programas implementados por el Gobierno para combatir la corrupción y el fraude en el sector privado. “Al respecto, se ha avanzado mucho en prevenir la corrupción transnacional, pero creemos que hacen falta más avances en controles para evitar la corrupción a nivel local, y muchos más avances en prevenir la corrupción privada, la cual parece que es relevante solo cuando salen los grandes escándalos”, dice Ríos.

Si bien la mayoría de las grandes empresas ya cuentan con programas de cumplimiento que se ajustan en lo teórico a los requisitos del regulador, es necesario que se incentive la puesta en marcha de estas iniciativas, su constante actualización y monitoreo, tanto interno como por un verificador independiente.

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