Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Promociones y ofertas: no se deje manipular por estrategias de mercado irreales


Promociones y ofertas: no se deje manipular por estrategias de mercado irreales
Actualizado: 12 agosto, 2016 (hace 8 años)

Las promociones y ofertas son los beneficios que se le ofrecen al consumidor para llamar su atención y de tal manera adquiera un determinado producto o servicio. Aunque estas son estrategias de mercado, siempre deben realizarse de acuerdo al Estatuto del Consumidor y por lo tanto es obligatorio que sean beneficios reales.

Es común encontrarse a diario con una buena dosis de promociones en la adquisición de servicios y productos. Sin duda alguna, esta es una de las principales estrategias tanto de los almacenes de cadena como de los pequeños comerciantes; y cómo no serlo si a todos nos gusta adquirir lo que necesitamos o simplemente deseamos a un costo menor.

Sin embargo, aunque muchas de las promociones traen algún beneficio al consumidor, otras solo son actos de publicidad engañosa con las cuales los comerciantes buscan llamar la atención del consumidor para que adquiera un servicio o producto, el cual realmente no está siendo objeto de algún tipo de descuento, condición especial que resulte favorable o incentivo.

Reconozca cuándo es una promoción u oferta real

“La Ley 1480 del 2011 –Estatuto del Consumidor– indica en su artículo 5 que las promociones y ofertas se deben entender como el ofrecimiento temporal de productos en condiciones especiales favorables”

Es importante que todo consumidor conozca el significado de promociones y ofertas, para cuando se encuentre frente a una identifique si es verdadera o simplemente una treta del comerciante para que el consumidor adquiera un producto sin beneficio real alguno.

La Ley 1480 del 2011 –Estatuto del Consumidor– indica en su artículo 5 que las promociones y ofertas se deben entender como el ofrecimiento temporal de productos en condiciones especiales favorables o de manera gratuita como incentivo.

Así mismo, las promociones y ofertas se pueden presentar cuando:

  • Se oferte un producto con contenido adicional.
  • El bien tenga un precio reducido o sea entregado de forma gratuita.
  • Si se emplea algún incentivo, como las rifas, concursos, acumulación de puntos y otros similares.

No olvide que las promociones u ofertas son estrategias de mercadeo empleadas para motivar la compra de productos; por lo tanto, siempre usarán estrategias de persuasión. Lo importante es que como consumidor no solo aprenda a reconocer las reales, sino que distinga cuándo son necesarias u oportunas y no solo se deje llevar por la estrategia de mercadeo.

Tenga en cuenta que toda promoción y oferta debe señalar de manera clara y precisa las condiciones de tiempo, modo y lugar, y disponibilidad, como también si para acceder a esta es necesario cumplir con algún otro requisito. Dicha comunicación debe ser elaborada de tal manera que todo consumidor la entienda plenamente. Si el comerciante omite indicar algo de lo planteado anteriormente, el consumidor puede acudir ante la Superintendencia de Industria y Comercio y radicar la respectiva queja.

Tenga en cuenta que si por algún motivo en la promoción u oferta no se indica la vigencia de la misma, por ejemplo señalar que aquella es válida por ciertos días o que su duración es hasta agotar el inventario, se entenderá que la duración termina cuando el comerciante dé a conocer la finalización en los mismos términos en los cuales dio a conocer el inicio. Por ejemplo, si para dar a conocer la oferta utilizó algún medio de difusión masiva, la comunicación de la finalización se debe realizar de igual manera.

Además de lo señalado, es importante que el consumidor verifique ciertamente la existencia de la promoción u oferta, toda vez que aunque cumplan con lo indicado anteriormente sobre la comunicación y lo que esta debe contener, puede darse que en realidad no exista algún beneficio o incentivo. Por ejemplo: un “pague 2 lleve 3” con un costo igual que comprar 3 unidades por separado; la publicación en páginas web de productos a precio especial por un número determinado de días u horas, los cuales en fechas anteriores tenían el mismo precio, entre otros.

Cuando esto ocurra, puede denunciar la conducta ante la Superintendencia de Industria y Comercio para que dicha entidad tome las medidas necesarias y de hallar que el productor o proveedor está incurriendo en alguna irregularidad efectúe la respectiva sanción.

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