Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Propiedad horizontal según Estándar Internacional (II): 5 respuestas clave


Actualizado: 14 septiembre, 2016 (hace 8 años)

El tratamiento de las operaciones de la Propiedad Horizontal (PH) en el nuevo marco normativo de información financiera, ha sido uno de los temas más consultados en múltiples espacios.  Al respecto, en este editorial se presentan 5 nuevas respuestas clave de Juan David Maya, consultor de Actualícese.  

Reconocimiento en PH de bienes de bajo valor que solicitan incluir en cuentas de orden

La instrucción en estos casos es establecer inicialmente una política de materialidad para reconocer activos en los estados financieros de la entidad. Lo anterior a fin de determinar desde qué valor es necesario reconocer un activo como tal, pues hay un punto desde el cual se considera que una partida es importante y por tanto merece reconocerse en el estado financiero a fin de controlarla y medirla permanentemente.

Contabilización de ingresos por donación en activos fijos en PH del Grupo 3

Las donaciones para el Grupo 3 no están claramente reglamentadas en el marco normativo correspondiente; en estos casos se debe aplicar lo que dice el Decreto 2706 del 2012 (ahora compilado en el anexo 3 del Decreto 2420 del 2015), el cual aclara que cuando se presente un tema al que la norma no haga ninguna alusión, se deberá tomar como referente el Estándar Internacional para Pymes o el Pleno, a fin de establecer la propia política contable.

Reconocimiento de donación en efectivo para gastos inesperados en PH del Grupo 3

En el momento en que la entidad debió desembolsar los recursos para cubrir el daño, hubo un impacto en el estado de resultados, generado por el reconocimiento de un gasto; cuando los copropietarios hacen entrega de sus cuotas, sean estas ordinarias o extraordinarias, se reconocerán dichos recursos como un ingreso, por lo que al final el efecto neto es que el gasto del cerramiento del muro se verá compensando con el ingreso por concepto de aportes, lo que hace que la operación tenga un efecto nulo en la estructura financiera de la propiedad horizontal.

Reconocimiento de ingresos en contrato de construcción de PH

Para efectos de la contabilidad del contratista que adelanta la labor de construcción de la propiedad horizontal, deberá tenerse en cuenta que los ingresos se reconocen en la medida en que se avanza en el proyecto, y este se materializa en la medida en que se cumple con el acuerdo; por tanto, el ingreso se reconoce según el avance de la obra, aun cuando el pago total se haya recibido por adelantado; en tal caso, el constructor tiene pasivo por ingresos recibidos de manera anticipada.

Reconocimiento de cuotas ordinarias y extraordinarias para PH de los Grupos 1 y 2

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La copropiedad es dueña de todos los aportes pactados; no los está recaudando en nombre de los copropietarios y por tanto, al configurar esta una persona jurídica independiente, dicha persona está en capacidad de reconocer el aporte, sea ordinario o extraordinario, como un ingreso.

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