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Proyecto de ley busca modificar impuesto al patrimonio y de renta

Proyecto de ley modificaría el Decreto 568 de 2020 y modificaría impuesto al patrimonio, a los dividendos, a la renta y a las herencias. Se radicó el Proyecto de Ley 70 de 2020 con el cual se modificaría el Decreto 568 de 2020, que fue con el que se creó el impuesto solidario por el […]

Fecha de publicación: 3 de agosto de 2020
Proyecto de ley busca modificar impuesto al patrimonio y de renta
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Proyecto de ley modificaría el Decreto 568 de 2020 y modificaría impuesto al patrimonio, a los dividendos, a la renta y a las herencias.

Se radicó el Proyecto de Ley 70 de 2020 con el cual se modificaría el Decreto 568 de 2020, que fue con el que se creó el impuesto solidario por el COVID-19. Además, se modificaría el impuesto al patrimonio, a los dividendos, a la renta y a las herencias.

Con el proyecto se crearían tarifas diferenciales en el impuesto al patrimonio de tanto personas naturales como jurídicas. Para las primeras las tarifas irían de 1 % a 4 %, mientras que para las segundas irían de 4 % a 6 %.

En el impuesto a los dividendos de residentes, la propuesta crea rangos adicionales con tarifas de 12 %, 18 % y 20 %. Así mismo, en el impuesto complementario a las ganancias ocasionales con regla especial para herencias, crea, según el rango, tarifas adicionales a la existente de 10 %. Estas sería de 20 % y 33 %.

Para el impuesto sobre la renta de personas naturales, el proyecto busca crear rangos altos con tarifas de 44 %, 47 %, 50 % y 55 %. Consecuentemente, disminuye el rango para ser objeto de retención y aumenta los rangos altos con las mismas tarifas de renta.

Por el lado del impuesto sobre la renta de personas jurídicas, este tendría un esquema tarifario progresivo. Para las microempresas, la tarifa sería de 15 %; para las pequeñas empresas, de 20 %; para las medianas empresas, de 25 %, y para las grandes empresas, de 32 %. En instituciones financieras la tarifa tendría cinco puntos adicionales por tres años si la renta gravable es superior a 57.000 uvt.