Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Puntos a tomar en cuenta para el beneficio de auditoría en la declaración de renta 2011


Puntos a tomar en cuenta para el beneficio de auditoría en la declaración de renta 2011
Actualizado: 5 diciembre, 2011 (hace 12 años)

Para el ejercicio 2011 se debe cumplir con tener previamente presentada la declaración del 2010 si a ello se estaba obligado y adicionalmente se deben cumplir con los nuevos incrementos en el impuesto neto de renta fijados con la Ley 1430 de diciembre de 2010. Si la declaración 2010 todavía no está presentada, se puede hacer en forma extemporánea y también tendría beneficio de auditoría.

Infografía (haz click en la imagen para ampliar)

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A raíz de los cambios que el Artículo 33 de la Ley 1430 de diciembre de 2010 le efectuó al artículo 689-1 de Estatuto tributario, en las declaraciones de renta año gravable 2011 de las personas jurídicas y naturales se deberán tomar en cuenta nuevos criterios para lograr obtener el conocido “Beneficio de Auditoría” el cual permite que la declaración no quede en firme en 24 meses como es el plazo normal sino mucho antes (ver artículo 714 del Estatuto Tributario).

El principal requisito consiste en que el impuesto neto de renta del 2011( 1)  debe verse incrementado, en comparación con el impuesto neto del año 2010 (el cual debe estar declarado previamente), en por lo menos los siguientes índices:

a) Si el incremento es de 5 veces la inflación del 2011 (dato que solo se conocerá completamente en las primeras semanas de enero de 2012 pero que hasta ahora va en aproximadamente un 4%), en tal caso la firmeza de la declaración de renta se producirá a los 18 meses después de su presentación.

b) Si el incremento es de 7 veces la inflación del 2011, en tal caso la firmeza de la declaración de renta se producirá a los 12 meses después de su presentación.

c) Si el incremento es de 12 veces la inflación del 2011, en tal caso la firmeza de la declaración de renta se producirá a los 6 meses después de su presentación.
Como dijimos antes, el beneficio para el 2011 implica que la declaración del 2010 esté previamente presentada (si se estaba obligado a declarar por ese año).  Y en tal caso, si esa declaración 2010 aun no se ha presentado, es importante destacar que el inciso sexto de la nueva versión del artículo 689-1 permitiría presentarla extemporáneamente y también quedaría con beneficio de auditoría si en ella se producen (en comparación con el 2009) los mismos niveles de incremento de impuesto neto de renta antes comentados.

Además, ese impuesto neto de renta del 2010 que se tomaría como referencia para saber si se produce o no el incremento de impuesto neto en el ejercicio 2011, debe ser como mínimo equivalente a 41 UVT del 2010 (41x 24.555= $1.007.000).

Y como el Beneficio de Auditoría también existirá en el año gravable 2012, entonces también es conveniente que el impuesto neto de renta que finalmente se liquide en el año gravable 2011  cumpla como mínimo con ser de 41 UVT del 2011 (41 x 25.132=1.030.000). Esto aplica en especial para aquellos que no tuvieron que declarar el 2010 (porque no existían jurídicamente o no estaban obligados), pero que sí les tocará declarar el 2011 y también el 2012.

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Ese último puede ser el caso de las nuevas pequeñas empresas de personas naturales de la Ley 1429 de 2010, que apenas constituyen la empresa  durante el 2011 y que por tanto pudieron o no tener la obligación de declarar por el 2010. Sin embargo, como sí les puede tocar declarar el año 2011  y 2012, y aunque ni en el 2011 ni en el  2012  les revisarían su impuesto de renta (pues su tarifa es 0% así les rechacen gastos o les detecten más ingresos) , en todo caso  sí es posible que tengan que  liquidar impuestos de ganancias ocasionales (pues de eso no los exonera la ley 1429) y en esos casos, para blindar la liquidación de este último por el 2012,  van a desear  tener beneficio de auditoría en esa declaración 2012 y para ello deben en la del 2011 liquidar el impuesto neto de renta mínimo de 41 UVT.

Si se usan los nuevos descuentos tributarios para 2011 se disminuye el impuesto neto de renta

Si como ya se ha dicho antes, el beneficio de auditoría en 2011 depende de que el impuesto neto de renta 2011 sí crezca bastante en comparación con el impuesto neto de renta del 2010, en ese caso es necesario evaluar si conviene o no utilizar en la declaración de renta 2011 los nuevos descuentos tributarios que se crearon con la Ley 1429 de 2010 (por otorgar nuevos puestos de trabajo a personas especiales) o con la Ley 1430 de 2010 (para los usuarios industriales que pagan sobretasa de energía eléctrica).

Si se usan esos descuentos o cualquier otro descuento, es claro que se disminuiría mucho el impuesto neto de renta 2011 y en tal caso puede no cumplirse con los requisitos del incremento  que antes comentamos.

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Material relacionado:

1 El que queda después de restarse los descuentos tributarios que se deseen y a los que se tenga derecho; ver por ejemplo renglones 70 y 71 en el formulario 110 que se usó para la Declaración de renta año gravable 2010, o los renglones 58 y 59 en el formulario 210 para declaración de personas naturales 2010.

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