Si un inversionista extranjero piensa abrir un negocio en nuestro país, deberá tener en cuenta una serie de ítems a la hora de contratar personal, entre ellos, las diferencias entre el salario ordinario y el integral, así como el manejo de las clases de contratos laborales que existen.
Si un inversionista extranjero piensa abrir un negocio en nuestro país, deberá tener en cuenta una serie de ítems a la hora de contratar personal, entre ellos, las diferencias entre el salario ordinario y el integral, así como el manejo de las clases de contratos laborales que existen.
Para los inversionistas extranjeros y dueños de negocios que desean abrir operaciones comerciales en Colombia, BDO publicó la primera edición de la Guía de Payroll para Latam, la cual se convierte en un documento que orientará a estos interesados respecto a generalidades, tipos de salario y contrato, legislación vigente, días festivos, beneficios salariales, impuestos y políticas de privacidad de datos de más de 18 países de la región.
Dentro de la guía se destacan puntos como los siguientes:
El salario mínimo mensual legal vigente es determinado cada año calendario por el Gobierno colombiano. El establecido para 2019 es de $828.116 mensuales y este aumenta anualmente tomando como referencia, entre otros puntos, el índice de precios al consumidor –IPC–.
Los salarios en Colombia pueden ser acordados bajo dos esquemas:
La guía hace referencia a los contratos laborales que existen en la normativa laboral colombiana, los cuales pueden ser de duración indefinida, de plazo fijo o por la duración de un proyecto. La recomendación general es que estos acuerdos se pacten por escrito.
Los contratos que tienen un plazo para su ejecución no pueden exceder los tres años, pero pueden ser prorrogados indefinidamente. Si la duración del contrato es inferior a un año, puede prorrogarse hasta tres veces (con una renovación igual o inferior al plazo inicial), pero después de la tercera renovación el contrato solo podrá prorrogarse por períodos de un año. Ahora bien, cuando existe un acuerdo indefinido, se puede establecer un período de prueba de hasta dos meses.
Otro tipo de contrato consiste operar como contratista independiente o trabajador de agencia. Sin embargo, podrían aplicarse algunas restricciones en este último formato.