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¿Qué alternativas tienen los empleadores frente al COVID-19?

El Ministerio del Trabajo determinó las medidas que pueden implementar los empleadores con el fin de acatar las directrices del Gobierno referentes a la prevención del COVID-19.

Entre estas, se encuentran el teletrabajo, licencias remuneradas y la modificación de la jornada laboral.

Fecha de publicación: 30 de marzo de 2020
¿Qué alternativas tienen los empleadores frente al COVID-19?
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

El Ministerio del Trabajo determinó las medidas que pueden implementar los empleadores con el fin de acatar las directrices del Gobierno referentes a la prevención del COVID-19.

Entre estas, se encuentran el teletrabajolicencias remuneradas y la modificación de la jornada laboral.

El Ministerio del Trabajo, por medio de la Circular 0021 de 2020realizó una compilación de las medidas a las que pueden acudir los empleadores del sector privado con ocasión de la declaratoria del estado de emergencia sanitaria a causa de la propagación del coronavirus (COVID-19).

Lo anterior, con el fin de que no se vean afectados los ingresos para el sustento de los trabajadores y no se perjudique la productividad de las empresas.

La circular establece que los empleadores se encuentran facultados para implementar cualquiera de las siguientes modalidades de trabajo:

  • Trabajo en casa.
  • Teletrabajo.
  • Jornada flexible.
  • Vacaciones anticipadas.
  • Permisos o licencias remuneradas.
  • Salario sin prestación de servicios.

Si deseas conocer más acerca de las generalidades de estas medidas que pueden ser implementadas en las empresas, te invitamos a ver el video 6 alternativas que tienen los empleadores ante la crisis generada por la pandemia del COVID-19, realizado por el Dr. Alexander Coral y presentado en nuestro canal de YouTube.

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