El Ministerio del Trabajo determinó las medidas que pueden implementar los empleadores con el fin de acatar las directrices del Gobierno referentes a la prevención del COVID-19.
Entre estas, se encuentran el teletrabajo, licencias remuneradas y la modificación de la jornada laboral.
El Ministerio del Trabajo determinó las medidas que pueden implementar los empleadores con el fin de acatar las directrices del Gobierno referentes a la prevención del COVID-19.
Entre estas, se encuentran el teletrabajo, licencias remuneradas y la modificación de la jornada laboral.
El Ministerio del Trabajo, por medio de la Circular 0021 de 2020, realizó una compilación de las medidas a las que pueden acudir los empleadores del sector privado con ocasión de la declaratoria del estado de emergencia sanitaria a causa de la propagación del coronavirus (COVID-19).
Lo anterior, con el fin de que no se vean afectados los ingresos para el sustento de los trabajadores y no se perjudique la productividad de las empresas.
La circular establece que los empleadores se encuentran facultados para implementar cualquiera de las siguientes modalidades de trabajo:
Si deseas conocer más acerca de las generalidades de estas medidas que pueden ser implementadas en las empresas, te invitamos a ver el video 6 alternativas que tienen los empleadores ante la crisis generada por la pandemia del COVID-19, realizado por el Dr. Alexander Coral y presentado en nuestro canal de YouTube.
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