Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

¿Qué deben tener en cuenta empleador y teletrabajador para prevenir riesgos laborales?


¿Qué deben tener en cuenta empleador y teletrabajador para prevenir riesgos laborales?
Actualizado: 3 diciembre, 2018 (hace 5 años)

Las empresas deben responder por los riesgos que se deriven de las tareas de sus empleados, así estos laboren en la modalidad de teletrabajo. Si bien el teletrabajador se ve beneficiado a la hora de decidir dónde realizar sus tareas, en cuanto a seguridad laboral tiene deberes por cumplir.

“Colombia cuenta con una normatividad que busca igualar los niveles de seguridad del teletrabajo con los que se cumplen en la oficina”

El trabajo a distancia o teletrabajo, que ha llegado con la era digital, se ha constituido en un reto a nivel laboral tanto para empleadores como empleados. Un área que se ha visto modificada por esta tendencia es la afiliación tradicional de los trabajadores a riesgos laborales. El Ministerio del Trabajo y Fasecolda cuentan con la Guía técnica para prevención y actuación en seguridad y salud en situaciones de riesgo en el teletrabajo, la cual toca algunos puntos sobre el tema.

Colombia cuenta con una normatividad que busca igualar los niveles de seguridad del teletrabajo con los que se cumplen en la oficina. De esta forma, el empleador no puede dejar a un lado sus obligaciones. La Resolución 5858 de 2016 del Ministerio de Salud es una norma que toca puntos alrededor de esta modalidad laboral, y la cual aplica para trabajadores dependientes.

Está claro entonces que las partes involucradas, empleador y teletrabajador, tienen que cumplir una serie de obligaciones en materia de riesgos laborales en el teletrabajo.

¿Qué tiene que hacer el empleador?

  • Diligenciar el formulario de reporte de novedades, indicando que el trabajador pasa a tener la condición de teletrabajador y enviárselo a la ARL.
  • Hacer llegar a la ARL copia del contrato o del acto administrativo.
  • Verificar las condiciones del sitio destinado al teletrabajo para el cumplimiento de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.
  • Incorporar en el reglamento interno de trabajo las condiciones especiales para que opere el teletrabajo en la empresa privada.
  • Establecer las horas del día y los días de la semana en que el teletrabajador debe estar disponible para la empresa en el marco de la jornada laboral.
  • Implementar los correctivos necesarios, con la asesoría de la ARL, que se presenten en el lugar de trabajo del teletrabajador.
  • Estar atentos a las obligaciones en riesgos laborales y en el SG-SST.
  • Suministrar a los teletrabajadores equipos de trabajo seguros y medios de protección adecuados para la tarea a realizar.
  • Informar y dar una copia al teletrabajador de la política de la empresa en materia de salud y seguridad en el trabajo.
  • Verificar que las condiciones locativas e higiénicas del lugar en que se va a desarrollar el teletrabajo cumplan con las condiciones mínimas establecidas por la ley.
  • Afiliar al teletrabajador al sistema de seguridad social integral. Se debe especificar la clase de riesgo y el lugar en el que se presta el servicio. El pago de los aportes se debe efectuar a través de la Pila.
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¿Qué debe hacer el teletrabajador?

  • Diligenciar el formato de autoreporte de condiciones de trabajo para determinar los peligros presentes en el lugar de trabajo, sobre los cuales el empleador implementará los correctivos necesarios con la asesoría de su ARL.
  • Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del SG-SST de la empresa y asistir periódicamente a los programas de promoción y prevención adelantados por la ARL.
  • Tener presente, referente al teletrabajo, las obligaciones en riesgos laborales y en el SG-SST.
  • Procurar el cuidado integral de su salud.
  • Suministrar información clara, veraz y completa sobre su estado de salud.
  • Colaborar y velar por el cumplimiento de las obligaciones contraídas por los empleadores.
  • Participar en la prevención de los riesgos profesionales a través de los comités paritarios de seguridad y salud en el trabajo.
  • Reportar accidentes de trabajo, de acuerdo con la legislación vigente.
  • Utilizar los equipos y herramientas suministradas de forma adecuada, y participar en los programas y actividades de promoción y prevención.

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