Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

¿Qué dice el nuevo marco normativo para empresas pertenecientes al Grupo 1?


¿Qué dice el nuevo marco normativo para empresas pertenecientes al Grupo 1?
Actualizado: 16 marzo, 2016 (hace 8 años)

El anexo técnico introducido al Decreto 2420 del 2015 contiene lo que será el marco normativo que aplicarán las empresas del Grupo 1 desde el 2017.

Con el Decreto 2496 del 23 de diciembre del 2015 se introdujeron varias modificaciones al texto del Decreto 2420 del 2015. Entre estas se destacan las introducidas mediante los artículos 8, 9 y 11 del Decreto 2496, con las cuales se establecieron los nuevos marcos normativos que las empresas del Grupo 1 aplicarán a partir del 2017.

Nuevo marco normativo para empresas del Grupo 1

Al Decreto 2420 se le agrega un anexo técnico distinguido con el número 1.1. Este contiene lo que será el marco normativo que aplicarán las empresas del Grupo 1 desde el 2017.

La expedición del anexo 1.1. se hace porque el actual marco normativo, que aplicarán durante el 2016, es un marco técnico donde no se incluyó lo que corresponde al marco conceptual.

En este nuevo anexo se incorporaron todas las modificaciones que la IASB le hizo a las Normas Internacionales de Información Financiera Plenas durante el 2014, entre las que figuran las realizadas a la NIC 27: Estados financieros separados, NIC 28: Inversiones en asociadas y negocios conjuntos, NIIF 9: Instrumentos financieros y NIIF 10: Estados financieros consolidados.

Sobre la forma en que se empezará a aplicar el nuevo anexo 1.1., el Decreto 2496 dispuso:

  • El marco conceptual incorporado en el anexo 1.1. tendrá aplicación durante el actual año 2016 y también en el 2017.
  • El resto del texto contenido en el anexo 1.1. solo será de obligatoria aplicación a partir del 2017, aunque se permite su aplicación anticipada, excepto en lo relativo al texto de la nueva versión de la NIIF 15: Ingresos de actividades ordinarias, la cual se aplicará a partir del 2018.
  • En los estados financieros separados, las entidades controladoras deberán registrar sus inversiones en subsidiarias de acuerdo con el método de participación patrimonial establecido en el artículo 35 de la Ley 222 de 1995.

Si quiere profundizar en este tema, lea nuestro análisis Modificaciones de marcos normativos de empresas de los Grupos 1 y 2 aplicarán a partir del 2017.

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