Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

¿Qué hacer cuando se cumple el número de semanas, pero no la edad para la pensión de vejez?


Responde conferencista: Angie Marcela Vargas

¿Se puede acceder a la pensión de vejez en Colpensiones cuando se cumple con el número de semanas, pero no la edad?

Preguntas resueltas julio 17 de 2020

En este video dirigido por la abogada Angie Marcela Vargas se aclaran dudas respecto a lo que ocurre cuando una persona alcanza el número de semanas que se requieren para acceder a la pensión de vejez, pero no la edad.

Recordemos que puntualmente en el régimen de prima media con prestación definida, es decir, el administrado por Colpensiones, para acceder a la pensión de vejez es necesario haber cotizado como mínimo 1.300 semanas y tener 57 años si se trata de una mujer, y 62 años si se trata de un hombre, pues así lo indica el artículo 9 de la Ley 797 de 2003 que modificó lo dispuesto en la Ley 100 de 1993.

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