Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

¿Qué hacer si en un banco sellan el recibo pero no la declaración de renta?


¿Qué hacer si en un banco sellan el recibo pero no la declaración de renta?
Actualizado: 7 julio, 2014 (hace 10 años)

El cajero al pensar que es un formulario impreso desde el portal de la DIAN y tiene la misma connotación física de lo que son los formularios virtuales, usted como contribuyente debe exigir que el cajero le ponga el sticker porque sino la declaración no existe.

Veamos el siguiente caso. El año anterior un contribuyente presentó su declaración de renta del año 2012 en el banco junto con los recibos de pago, pero el banco únicamente le sello el recibo más no la declaración de renta. ¿Qué debo hacer?

Por una parte, hay que decir que las empresas tienen firmas digitales y con estas, las declaraciones virtuales que se hagan en el portal de la DIAN ya quedan presentadas ante la entidad. Y en el banco solo se va a pagar.

Este caso particular le debió haber ocurrido a una persona natural que no tiene firma digital. Si no la tiene y tampoco consigue el formulario en la calle, y en la DIAN también dan uno solo por contribuyente, toca forzosamente ingresar al portal de la DIAN, elaborar el formulario, imprimirlo, firmarlo y llevarlo al banco a presentarlo.

El cajero de turno piensa que como es un formulario impreso desde el portal de la DIAN y tiene la misma connotación física de lo que son los formularios virtuales, entonces usted como contribuyente debe exigir que el cajero le ponga el sticker porque sino la declaración no existe.

Esto ya ha pasado en años anteriores, pero parece que sigue ocurriendo. Años atrás en la Ley 1430 de 2010 se dijo que la DIAN iba a hacer ajustes con estas situaciones de las declaraciones que tenían el pago pero no la presentación. El cajero no pone el sticker a la declaración pero sí recibe el pago.

Si ahora vuelve a ocurrir este problema, toca ir a la DIAN para que le acepten la declaración. Ahora, si la DIAN no lo acepta porque el funcionario no puede hacer nada, entonces le toca volver a presentar la declaración con sanción de extemporaneidad y tomar el pago que ya hizo y aplicárselo a una declaración extemporánea, hasta con intereses, y restar la parte ya pagada.

Que no le siga pasando. Si imprimen el formulario en el portal de la DIAN vayan donde el cajero de turno y que le pongan el sticker en ese formulario.

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