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¿Qué hacer si un inquilino modifica físicamente un inmueble sin autorización del propietario?


¿Qué hacer si un inquilino modifica físicamente un inmueble sin autorización del propietario?
Actualizado: 23 septiembre, 2014 (hace 10 años)

Si a una persona el inquilino le está destruyendo la casa significa que hay un incumplimiento a una de las obligaciones propias del contrato de arrendamiento, bien sea de local comercial o vivienda, la cual es el cuidado del inmueble. Se tienen dos alternativas para solucionar esta situación.

Brevemente veamos el siguiente caso. Arrendé una casa con local comercial mediante un contrato en el 2004. El inmueble se encuentra destrozado por el arrendatario. Se le envió una carta pidiéndole el local en el 2013, pero no desocupan. ¿Qué debemos hacer, un nuevo contrato o simplemente con ese contrato que existe pedir la casa?

Si a esta persona le están destruyendo la casa significa que hay un incumplimiento a una de las obligaciones propias del contrato de arrendamiento, bien sea de local comercial o vivienda, la cual es el cuidado del inmueble, a no ser que el dueño autorice ciertas mejoras que signifiquen la modificación física del inmueble.

Entonces si eso es una obligación no se necesita hacer un nuevo contrato. Ya hay un contrato desde el año 2004 que en estos momentos se está incumpliendo. Y motivo de ese incumplimiento, se hizo la solicitud, se manifestó dar por terminado el contrato de arrendamiento, y se le notificó al inquilino, por lo tanto este debe hacer la devolución del mismo.

Si el inquilino no lo ha hecho, usted tiene dos mecanismos. Se debe agotar primero el camino corto, convoque a esta persona a un centro de conciliación que puede ser privado o en alguna facultad de derecho de una universidad, para que él se comprometa a una fecha de entrega.

Ahora, si esto no funciona se puede ir a un juzgado civil por medio de un abogado se hace una demanda de restitución de un inmueble arrendado, para que sea el juez quien ordene la entrega o desalojo del mismo. Esta es la segunda opción que tiene.

Hay que aclarar que hasta el día que la persona no haga entrega física del inmueble, bien sea a las buenas o a las malas, los cánones de arrendamiento se seguirán generando.

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