Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Que los prestadores de servicios turísticos no le amarguen sus vacaciones


Que los prestadores de servicios turísticos no le amarguen sus vacaciones
Actualizado: 6 abril, 2018 (hace 6 años)

Volare Travels y C.T.R. Travel Holding fueron sancionadas por el incumplimiento sistemático en la prestación de servicios turísticos. Así como estas empresas han pecado, muchas es redes sociales pueden ofrecer paquetes vacacionales que terminan engañando a las personas. Hay que estar atentos.

A finales del mes de marzo, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo respaldó las medidas judiciales y/o administrativas adoptadas por la Superintendencia de Industria y Turismo –SIC– contra las empresas Volare Travels y C.T.R. Travel Holding, por el incumplimiento sistemático en la prestación de servicios turísticos.

«Estas medidas evidencian la importancia de la denuncia ciudadana cuando las empresas incumplen con la prestación de los servicios turísticos contratados, como lo demuestra este caso, cuyas sentencias condenatorias son el resultado de más de 200 quejas o denuncias en contra de estas agencias, presentadas por personas afectadas ante la Superintendencia de Industria y Comercio, y ante el grupo de protección al turista del Ministerio», dijo, en su momento, la ministra de Comercio, Industria y Turismo, María Lorena Gutiérrez.

A Volare Travels se le han impuesto 20 sanciones por un valor superior a mil millones de pesos y se le suspendió el registro nacional de turismo –RNT–, por infracciones al Estatuto del Consumidor.

«La protección del consumidor es y tiene que seguir siendo una lucha conjunta entre la ciudadanía y el gobierno, para que en todo momento exista equidad, certeza, seguridad jurídica y justicia en las relaciones comerciales entre empresas y consumidores», resaltó la ministra Gutiérrez.

“los operadores de servicios turísticos tenían hasta el 31 de marzo para actualizar el registro”

En febrero de este año, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo había advertido que los establecimientos públicos que no contaran con el RNT serían cerrados, y sus propietarios, sancionados. Por tal motivo, los operadores de servicios turísticos tenían hasta el 31 de marzo para actualizar el registro.

Hasta febrero existían 54 nuevos prestadores de servicios turísticos ya registrados, y un total de 313 actualizados. En contraste, en 2017 se cancelaron 423 matrículas de establecimientos turísticos.

Una vez cerrados los establecimientos, le corresponde a las alcaldías aplicar las sanciones correspondientes, de acuerdo con la ley. De lo contrario, se exponen a procesos en la Procuraduría General de la Nación.

La SIC, por su parte, a través de sus delegaturas de protección al consumidor, de control y verificación de reglamentos técnicos, y metrología legal y de protección de datos personales, busca que los derechos de los consumidores a la información veraz, a la protección contra la publicidad engañosa, a la seguridad de los productos y a la intimidad, estén siempre salvaguardados frente a algunas prácticas en las que pueden incurrir los agentes del mercado.

El Estatuto del Consumidor establece un sistema de normas que articula los derechos y deberes de los consumidores y empresarios, con las distintas herramientas procesales para hacerlos efectivos y, a su vez, impone obligaciones a las autoridades para crear en el país una cultura de consumo responsable, al implementar programas de información y educación, lo cual constituye un logro de gran importancia para el fortalecimiento del mercado nacional.

Incentivos a los que pueden acceder las empresas del sector turístico

“los empresarios debidamente inscritos en el RNT podrán ser beneficiarios de los incentivos tributarios y fiscales”

Por otra parte, los empresarios debidamente inscritos en el RNT podrán ser beneficiarios de los incentivos tributarios y fiscales consagrados a su favor en disposiciones de orden nacional, departamental, distrital o municipal, que tengan el objetivo de estimular, apoyar o promover la actividad referida.

  • Acceso a recursos del fondo nacional de turismo –Fontur–.
  • Exención de la renta por 20 años, que rige desde enero de 2003 para servicios ecoturísticos.
  • Impuesto de renta preferente del 9% por 20 años para las empresas que construyan establecimientos hoteleros en municipios con menos de 200.000 habitantes.
  • Menor cuantía en el pago del impuesto de industria, comercio, avisos y tableros –ICA–.
  • Beneficios de los créditos de Findeter.
  • Derecho a las líneas de crédito de Bancóldex.
  • Participación en programas de Procolombia y PTP.
  • Convocatorias de INNpulsa.

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