¿Si una sociedad se liquida teniendo saldos a favor pendientes de ser reclamados a la Dian, pueden los socios efectuar luego esta reclamación ante dicha entidad?
Responde conferencista: Diego Guevara
¿Si una sociedad se liquida teniendo saldos a favor pendientes de ser reclamados a la Dian, pueden los socios efectuar luego esta reclamación ante dicha entidad?
Pregunta resueltas 10 de Septiembre de 2020
En este consultorio, el Dr. Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios menciona cuál es el tratamiento fiscal de los saldos a favor generados en declaraciones por aquellos contribuyentes que se encuentran en proceso de liquidación empresarial.
En los artículos 850 y siguientes del Estatuto Tributario, al igual que el Decreto 963 de 2020, se pueden estudiar más detalles relacionados con los saldos a favor en impuestos, como, por ejemplo, la manera en que funciona la denominada “devolución automática”.
Vale la pena destacar que los contribuyentes tienen dos (2) años para proceder con la solicitud de la devolución de saldos a favor, contados desde la fecha límite que se tiene para declarar.